Los cargos que levantó Contraloría en contra de siete generales activos de Carabineros remecieron a la institución, en ese entonces. Era el 2 de septiembre del 2020 y la policía uniformada venía saliendo de los cuestionamientos a sus operaciones durante el estallido social. Tres años después la causa decantó en favor de la la policía y dio un duro revés al ente contralor.

La Contraloría fiscalizó estos servicios, a partir de una serie de denuncias en contra del mando institucional por una eventual responsabilidad de mando. Los generales sumariados fueron: Jorge Valenzuela, director Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales; Mauricio Rodríguez, jefe de la Zona Metropolitana; Enrique Bassaletti, jefe de la Zona Santiago Este; Enrique Monrás, jefe de la Zona Santiago Oeste; Hugo Zenteno, jefe de Zona de Valparaíso; Jean Camus, director de Logística y Jorge Ávila, exjefe de Fuerzas Especiales de Carabineros. De estos, finalmente, cinco fueron absueltos.

El caso impactó tanto la interna de Carabineros que gran parte de estos generales terminaron saliendo de la institución, el caso más emblemático, el del general Enrique Bassaletti, quien pasó a retiro tras enfrentar cargos por este sumario, pues su ascenso se tuvo que congelar. Hoy, el panorama cambió radicalmente, aunque el proceso judicial aún está en primera instancia.

El 22° Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda que los siete generales presentaron en diciembre del 2020 para declarar ilegal el sumario de Contraloría. En la acción judicial, los uniformados argumentaban que el ente contralor no estaba facultado para fiscalizar al mando policial, ni menos sus acciones policiales.

La jueza suplente María Morales falló a favor de esta tesis y resolvió que “el hecho de que la manera en que el contingente policial debe utilizar ciertos medios y herramientas de control del orden público, se encuentre regulada por protocolos (…), no transforma la función y labor de control de orden público en una actividda controlable por la Contraloría General de la República en el marco de los controles y auditorías que realiza sobre administración del Estado”.

En esa misma línea, señala que “dichas regulaciones son de carácter interno del Ministerio del Interior y de Carabineros de Chile y están enmarcadas dentro de las potestades jerárquicas de Carabineros, no excluyéndose de su naturales de actividad de mérito y conveviencia que le es inherente”.

“Amenazas del orden público”

Entre los intervinientes del caso esta interpretación genera una clara división. En Carabineros celebran la medida, dado que sostiene su tesis sobre el rol del mando, y también de los escalafones más bajo, durante el estallido social, pero, en el Consejo de Defensa del Estado (CDE) -organismo que patrocina a Contraloría- entienden que se le están quitando atribuciones de fiscalización a un organismo central para la administración del Estado.

El en fallo, también se consigna que “si bien las decisiones del alto nivel establecen directrices generales, es en el campo o terreno de acción, donde se materializa esta ponderación de mérito y conveniencia”.

En ese sentido, agrega la jueza en su resolución, “los miembros del contingente policial, aquellos que se encuentran en la primera línea frente a las amenazas del orden público, se ven constantemente enfrentados a la necesidad de evaluar y calificar las amenazas y resistencias que enfrentan, tomando decisiones que involucran el uso de la fuerza”.

La resolución entrega otra luz sobre el fondo de los cuestionamientos a Carabineros durante el estallido. La magistrada señala en el fallo: “Cada situación en la calle o en un evento público presenta un conjunto único de desafíos y los policías deben equilibrar la necesidad de mantener el orden público con la responsablidad de no emplear más fuerza de la necesaria. Esto implica la toma de decisiones operativas que pueden ir desde la restricción pacífica de manifestantes hasta el uso de medidas más enérgicas en situaciones de amenaza grave”.

El tribunal, además, de acoger la demanda, también condena en costas a Contraloría.

Contraloría apelará

En Teatinos 56 la resolución fue tomada con tranquilidad, dado que se trata de un fallo de primera instancia, por lo que apelarán ante la Corte de Santiago.

“Tras recibir denuncias de ciudadanos y parlamentarios por el actuar policial durante el estallido social en 2019, la Contraloría, en el ejercicio de sus funciones y de las atribuciones, abrió un procedimiento disciplinario para determinar las responsabilidades administrativas del Alto Mando de Carabineros”, explican en Contraloría.

Además, agregan que “dicho sumario acreditó que no se adoptaron las medidas administrativas oportunas para hacer cumplir el reglamento del uso de la fuerza, lo que tuvo como consecuencia cientos de personas con daño físico, cuestión que ha sido acreditada por Tribunales de Justcia y organismos internacionales de DD.HH. La Contraloría acudirá a todas las instancias judiciales que correspondan para hacer valer sus facultades disciplinarias en esta materia”.

El caso seguirá, seguro, tramitándose en la Corte de Apelaciones y, posteriormente, pase lo que pase, creen los intervinientes, llegará a la Corte Suprema.

Allí se espera zanjar un proceso que, a esas alturas, ya no tenga a varios de sus protagonistas, dado que el contralor Bermúdez termina su periodo en diciembre. Será su sucesor quien termine de enfrentar un caso que puso frente a frente a Carabineros y Contraloría, con el telón de fondo de un estallido social que seguirá generando debate en los tribunales.

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