El Tribunal Supremo de la Democracia Cristiana (DC) resolvió rechazar la denuncia presentada en contra del expresidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle por haber respaldado públicamente la opción Rechazo en el plebiscito constitucional del pasado 4 de septiembre. En cambio, sí determinó expulsar a los senadores Matías Walker y Ximena Rincón.
La denuncia fue realizada en julio del año pasado por los militantes de la DC Roberto Alvarado y Guido Iturriaga, quienes denunciaron a tanto a Frei, como al exconvencional Fuad Chain y a los senadores Matías Walker y Ximena Rincón por anunciar que votarían Rechazo, lo que contradecía lo adoptado en julio de 20222 por la Junta Nacional de la DC, que por mayoría, respaldó el “voto político” de respaldar el Apruebo en el referéndum en que se decidía o no por el texto de la Convención Constitucional. Tras la determinación de la colectividad, los denunciados, además, firmaron una carta en que respaldaban su postura por el Rechazo, lo que, a juicio de los demandantes, constituía una “acción agravante”, solicitando “las máximas sanciones”, lo que incluía la expulsión del partido.
Sin embargo, en una resolución del 13 de febrero, los miembros del Tribunal Supremo determinaron rechazar la expulsión del exmandatario. En el documento el órgano del partido aseguró que “en consideración de este tribunal, la sola manifestación de una opción personal no puede ser considerada por sí misma una actividad contraria a los deberes estatutarios”, como era respaldar la determinación de la Junta Nacional.
Por lo que en el caso de Frei se rechaza la denuncia y expulsión, dado que “no se acreditó que haya participado en actividades de propaganda o campañas políticas contrarias al acuerdo adoptado por la Junta Nacional del PDC, sino que únicamente realizó comentarios de carácter público en que manifestó su opción personal por la opción Rechazo”, que según se dijo, no importan una infracción a los deberes estatutarios del Partido. “Tampoco puede encontrarse constancia pública de que en sus expresiones haya ido más allá de emitir su opinión por esta opción en el ejercicio de su libertad de conciencia”, agrega la resolución.
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