Tras casi once horas de sesión, la sala del Senado logró un acuerdo sobre los puntos más conflictivos de la Ley Nain-Retamal y despachó la normativa al tercer trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados, luego que el gobierno y la oposición cedieran en algunos puntos y aprobaran los distintos artículos.

Para la sesión del martes se habían presentado 122 indicaciones, algunas iguales a las que habían sido rechazadas por la derecha en la Comisión de Seguridad del Senado, donde tienen mayoría, pero los cuestionamientos del gobierno y la reserva de constitucionalidad que hicieron algunos parlamentarios de izquierda, con lo que podrían llevar el proyecto al Tribunal Constitucional, hicieron que las partes siguieran negociando.

Cerca de las 22 horas del martes, y tras un receso para que los parlamentarios y el gobierno negociaran modificaciones al proyecto, se logró un acuerdo en los distintos puntos que contenía la ley presentada por Renovación Nacional y que eran conflictivos para el Ejecutivo.

Luego de la negociación, la iniciativa fue aprobada en general por 40 votos a favor y cinco en contra, precisamente de los representantes de Apruebo Dignidad y la senadora Fabiola Campillai, aunque en las votaciones en particular, sí respaldaron las normas acordadas.

¿Qué pasó con la “legítima defensa privilegiada”?

El Gobierno de Gabriel Boric, mediante la ministra del Interior, Carolina Toha, el ministro de Justicia, Luis Cordero, y la ministra (s) de la Segpres, Macarena Lobos, buscaban aplicar distintas modificaciones a la ley; como que el estatuto de protección a las policías estuviera en el Código de Justicia Militar y no en el Código Penal, que se precisara la denominación al delito de apremios ilegítimos, que no se eximiera de responsabilidad a los altos mandos de las policías, y el más polémico: el que le otorgaba la “legítima defensa privilegiada” a los funcionarios policiales.

En este punto, el gobierno logró modificar el artículo 8 que permitía a Carabineros, la PDI y Gendarmería actuar en “legítima defensa” cuando se actúe en defensa propia, en defensa de terceros y para impedir un delito.

La nueva redacción de la norma que regula la legítima defensa en el Código Penal, acota la presunción solo en casos en que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.

La ministra del Interior valoró el acuerdo y destacó que “frente a un artículo que generaba enorme discordia y, que significaba un retroceso democrático se construyó una redacción que evitara problemas”.

“La aplicación de presunción no se dará en el caso que el funcionario se sienta amenazado sino que haya condiciones de amenazas y riesgos a la integridad física de funcionarios o de terceros (no bienes). Cuando no se da de manera completa las razones que justifiquen el uso racional de fuerza se pueden aplicar atenuantes de responsabilidad excepto que haya dolo”, recalcó.

El presidente de la Comisión de Seguridad, Felipe Kast (Evpóli), precisó que en el caso que “no se logre acreditar el uso racional del armamento de servicio, se considerará la circunstancia como atenuante, salvo que concurra con dolo”.

Este artículo logró el respaldo de 42 senadoras y senadoras, ningún voto en contra, y tres abstenciones de Fabiola Campillai, Claudia Pascual (Partido Comunista) y José Miguel Durana (UDI).

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