El Consejo para la Transparencia determinó acoger el amparo presentado en contra de la Universidad de Santiago (Usach), por lo que dicha casa de estudios debe entregar datos específicos de las actividades de docente y académicas de la ex convencional y ex presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncón.

Según la entidad, estos incluyen el nombre de cursos de pre y post grado y horas destinadas a su realización, detalles de papers o estudios publicados en el marco de la actividad docente o de investigación entre 2018 y 2022.

En su decisión, el CPLT estableció que los antecedentes académicos y laborales de la funcionaria tienen carácter público, afirmando que «la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación, elevada a rango constitucional, de transparentar las actuaciones de los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía».

Loncón fue elegida integrante de la Convención en uno de los escaños reservados para pueblos originarios y el 4 de julio de 2021, día en que se constituyó el órgano, fue elegida presidenta hasta enero de 2022.

Según se informó en ese momento, Loncón cuenta con estudios de posgrado en el Instituto de Estudios Sociales de La Haya y en la Universidad de Regina en Canadá. También posee un doctorado en Humanidades por la Universidad de Leiden .

El titular del organismo, Francisco Leturia, explicó que el caso se presentó ante el consejo luego de que el solicitante recibiera la negativa de la Usach a entregar la información requerida y explicó que «las universidades estatales están sometidas al sistema de transparencia».

Por su parte, la casa de estudios superiores sustentó la negativa de permitir el acceso a los antecedentes académicos de la ex convencional alegando, en el marco del amparo (rol C611-23), que cumplió con lo que establece la norma, toda vez que la institución reclamada debe trasladar el requerimiento al tercero respecto de quien se piden los antecedentes -en este caso Loncón-, la que manifestó su oposición, lo que imposibilita a dicha institución entregar lo requerido.

La reserva de la información fue desestimada por el CPLT, acorde a la decisión, estableciendo que no se logró acreditar afectación a sus derechos, su vida privada e integridad personal. Al respecto, Leturia detalló que «luego de analizar los antecedentes consideramos que no había una afectación de derechos suficiente para negarse a la entrega de esta información».

La Usach tiene 15 días a partir de la recepción de la notificación para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

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