La Municipalidad de Santiago anunció este jueves que presentó una querella en contra de los tres tasadores que participaron del proceso y que elaboraron los informes que había encargado la administración de Irací Hassler, para la propuesta de la fallida compra de la ex Clínica Sierra Bella.
Según había comentado la propia alcaldesa en febrero, los informes de los especialistas tasadores establecieron valores por sobre los $8.000 millones, «y en base a un promedio de dichos montos es que la municipalidad realiza la oferta respectiva para la adquisición de la ex clínica».
La querella, en contra de Mylena Cárcamo Valencia, María José Sepúlveda y Patricio Gajardo y de todos quienes resulten criminalmente responsables, por los delitos de estafa y falsificación de instrumento privado.
Según detalla el documento, el municipio, cumpliendo con los dictámenes de la Contraloría General de la República relativos a determinar el precio justo según lo requiere la modalidad de trato directo, «solicitó tres tasaciones a personas cuyos antecedentes académicos y profesionales parecían idóneos para dicha labor. Los profesionales que se contrataron fueron los querellados Mylena Cárcamo Valencia, María José Sepúlveda Sepúlveda y Patricio Enrique Gajardo Rocha».
La querella también menciona el pronunciamiento de Contraloría del pasado 13 de abril, donde también se realiza un análisis «acerca de las tasaciones confeccionadas por los tasadores contratados en el proceso de adquisición de los inmuebles, realizando cuestionamientos específicos respecto de dichos informes de tasación».
El pronunciamiento de Contraloría determinó en esa oportunidad que de los informes de los tasadores, no era posible «verificar el valor de los terrenos utilizados ni el valor del metro cuadrado consignado, sin que este último coincida con el valor de las referencias, así como tampoco es posible verificar el costo de reposición de lo edificado, además de omitirse fundamentar los valores asignados a las obras complementarias, de manera que los resultados de aquellos informes de tasación no son trazables ni verificables. De esta manera, dadas las inconsistencias y falta de trazabilidad de las tasaciones antedichas, no es posible tener por justificados los valores a que ellas arriban».
En el documento judicial, el Municipio sostiene que «de ser correcto lo señalado por la I. Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, nos encontraríamos con que los querellados faltaron a la verdad en la narración de hechos sustanciales en sus informes e hicieron pasar por informes de tasación documentos que lo eran sólo en apariencia».
Lo anterior, «sin respetar las normas de su propia lex artis, según el parámetro de norma técnica invocado como contraste por la Contraloría, esto es la “Norma Chilena de Tasación NCh 3658/1 “Tasación de bienes, obligaciones y derechos – Parte 1 “Términos, definiciones y disposiciones generales”, promulgada por el Instituto Nacional de Normalización con fecha 23 de marzo de 2021».
Aquello, sostienen «ha significado un engaño por parte de los querellados (…) y que le ha generado un perjuicio a la I. Municipalidad de Santiago correspondiente a la supuesta contraprestación por la que fueron remunerados».
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