Gran sorpresa ha causado la aparente precisión judicial respecto del fallo de la Corte Suprema por tabla de factores, que podría abrir un camino que permita al sistema de isapres sortear la crisis que acusa enfrentar y ser viable tras la implementación de la sentencia, a más tardar, en noviembre próximo.

Esto, luego de que la vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, afirmara en una entrevista con La Tercera publicada este fin de semana que los que excedentes que tendrán que devolver las isapres debe ser solo a quienes demandaron, descartando el carácter universal que se había interpretado de forma transversal respecto de la resolución.

«Al no haber nunca usted demandado, no tiene nada hacia atrás que cobrar. Los excedentes que las isapres tienen que devolver son a las personas que demandaron». Eso sí, aclaró que «el resto de los afiliados, a partir de este fallo, pueden exigir que se les ajusten sus planes hacia adelante».

Vivanco también indicó que no tenían conocimiento del impacto económico que tendría esto ni a cuánta gente beneficiaría. «Nosotros cuando dimos la prórroga de plazo fuimos claros en decir que nunca se nos habían presentado esos estudios, cuál era el universo sobre el cual se calcularon y cómo se calculó, eso jamás se nos presentó. Ni tampoco se nos ha hecho ninguna consulta por ningún incumbente a estos procesos, es decir, no por la Superintendencia, ni por las isapres», dijo.

Cambio de criterio

En un fallo inédito divulgado el 1 de diciembre de 2022, la Tercera Sala de la Corte Suprema determinó que las entidades de salud privada debían recalcular todos los contratos de sus planes de salud sobre la base de la tabla única, definida por la Superintendencia de Salud en 2019, con efecto retroactivo, lo que implica que las aseguradoras tendrán que devolver todo lo cobrado en exceso a sus cotizantes, y a su vez, no subir los planes.

Cabe recordar que el conflicto por la aplicación de las tablas de factores, que determina la relación de precios entre los planes de las isapres y la potencial situación de salud de un grupo de personas, se arrastraba desde 2010, luego de que el Tribunal Constitucional las declarara inconstitucionales, dejando un vacío legal abordado nueve años después, cuando la Súper de Salud definió la mencionada tabla de factores.

Según se lee en el escrito, la Suprema ordenó que «para dar adecuada protección al recurrente y a todos los afectados con la aplicación de la tabla de factores empleada por la recurrida a sus planes y contratos de salud (…), esta Corte deberá declarar como ilegal y arbitrario el hecho de mantener su vigencia con carácter general para todos los contratos individuales de salud que administra y a los que aplica, ordenando las medidas que se indicarán en lo resolutivo para restablecer el imperio del derecho».

En ese sentido, la última postura de Vivanco marca una diferencia respecto de lo que la misma magistrada había planteado en marzo, cuando aseguró al Diario Financiero que «dejamos los cálculos de la Superintendencia, porque este es un fallo de efectos generales para todos aquellos que han sido afectados por la imposición de tablas de factores que no correspondían».

Dudas en torno a cifras

Ahora bien, por cierto que este cambio de perspectiva modificaría los cálculos de la Superintendencia de Salud. De acuerdo a las cifras de la entidad, se analizaron más de 1 millón 886 mil contratos de salud, de los cuales 725.878 serían beneficiados con alguna devolución tras la adecuación a la tabla única de factores -equivalente al 39%-, por un monto superior a los US$1.400 millones.

Con todo, lo más probable es que, tras las declaraciones de Vivanco, la Superintendencia se vea obligada a rectificar los datos, y deba transparentar cuántas personas, efectivamente, demandaron a las isapres, y por lo tanto, les correspondería algún tipo de reembolso, además de la suma total a restituir por parte de las isapres.

Bajo este nuevo escenario, la ministra Vivanco mencionó que serían 700 mil los beneficiarios de una eventual devolución de los cobros en exceso. No obstante, expertos salieron a rebatir estos cálculos subrayando que dichas judicializaciones se mezclarían con los recursos de precio base que ya se habrían resuelto con el primer «Supremazo», y que tienen que ver con los reajustes anuales que en marzo y abril se informan. Lo anterior, acotaría el guarismo deslizado de un orden de 700 mil a cerca de 100 mil.

Se complejiza la ley corta

A inicios de mayo, el Gobierno ingresó un proyecto de ley corta de isapres para dar cumplimiento al fallo de la Suprema, el que indica que las aseguradoras deberán ajustar sus planes de factores y luego elaborar un plan de pago que estará sometido a evaluación de la Superintendencia de Salud.

De esta forma, la sorpresiva definición judicial de la magistrada del máximo tribunal podría enredar aún más su debate en la comisión de Salud del Senado, instancia que actualmente revisa el texto -y donde todavía no se vota-, por lo que desde La Moneda ya advirtieron que presentarán un recurso de aclaración.

Consultado anoche en Chilevisión sobre el tema, el Presidente Gabriel Boric admitió que «por supuesto que sorprenden las declaraciones de la ministra Vivanco, pero como en Chile las instituciones funcionan, lo que nosotros vamos a hacer es presentar un recurso de aclaración, tal como ya lo hiciéramos en enero, y esperar cuál es la resolución de esto».

En la misma línea, el ministro de Justicia, Luis Codero, indicó a Radio Biobío que «hay algunos aspectos de esa declaración que es necesario conciliarlos con la sentencia judicial y el Ejecutivo, mediante la Superintendencia, está estudiando una aclaración adicional a la que ya solicitó», puesto que «previamente ya había solicitado una aclaración y lo relevante es definir adecuadamente los contornos para efectos de precisar el contexto del debate del Congreso».

Lo mismo planteó la ministra del Interior, Carolina Tohá, en conversación con Mesa Central este domingo. «Esto es una novedad, por decir lo menos. Obviamente lo que vamos a hacer a través de la Superintendencia (de Salud) es pedir una aclaración respecto al alcance que tienen estas declaraciones. La presidenta (s) (de la Sala que revisa asuntos constitucionales) se hizo en el contexto de una entrevista, y hay que buscar que se aclare de manera formal, a través de un recurso de aclaración», sostuvo en Canal 13.

Falsas expectativas

Quizás la principal crítica política en medio de todo esto son las expectativas generadas en las personas, quienes esperaban algún tipo de restitución. Sobre esto, Victoria Beaumont, del movimiento ciudadano Salud Libre, señaló a El Mercurio que es «de extrema gravedad el uso político que se generó en este escenario judicial, creando expectativas en la población de retornos millonarios, acusaciones de incumplimientos y un ambiente que no hizo posible encontrar fácilmente un camino técnico y jurídico responsable para dar sustentabilidad al sistema».

A raíz de esto, es que parlamentarios de todos los sectores calificaron de un «bombazo» los dichos de Vivanco, no solo porque no se devolverían los excedentes a quienes no demandaron, sino porque para algunos es grave la forma en que el Ejecutivo habría abordado el tema, e incluso solicitaron la renuncia de la ministra de Salud, Ximena Aguilera.

En ese marco, la controversia también podría salpicar a Víctor Torres, por su rol como superintendente de Salud, entidad cuya principal función supervigilar y controlar tanto a las isapres como al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

Criterio jurídico

Lo planteado por Vivanco está en línea con los masivos cuestionamientos de distintos abogados respecto de que la Suprema no cuenta con las facultades para dictar fallos universales. De hecho, Rosa Fernanda Gómez, profesora e investigadora del Departamento de Derecho Público de la Universidad de Los Andes indicó a El Mercurio que «es posible advertir un cambio que bien podría estimarse prudente, por cuando da cuenta de que los fallo judiciales solo tienen efectos relativos o entre las partes y no con carácter general».

Mientras que el abogado Eduardo Cordero, profesor del Departamento de Derecho Público de la PUCV y socio del estudio Guerrero Olivos apuntó que «en este caso, lo que uno interpreta es que el universo es más acotado. Es decir, en general respecto de los usuarios que han recurrido o demandado, pero no comprende a los que no han demandado. Esto es relevante, porque en nuestro ordenamiento y por regla general las sentencias solo afectan a las personas que han recurrido judicialmente y se someten al pronunciamiento de tribunales».

¿Más judicialización?

Vale mencionar que existe el riesgo de que las palabras de Vivanco sean contraproducentes al corazón del fallo: esto es, frenar la judicialización, y que muchos afiliados opten por demandar a las aseguradoras, con el objetivo de integrarse al universo de quienes se verían beneficiados por las devoluciones de excedentes.

El senador socialista Juan Luis Castro, quien preside la comisión de Salud de la Cámara Alta, lamentó que, habían transcurrido meses desde la publicación del fallo, se tuviera que llegar a este punto. «Las nóminas de beneficiarios las conoce el Poder Judicial, porque hoy una persona podría decir me toca o no me toca a mí. Esa información la tendría que entregar el Poder Judicial, porque no la tiene la superintendencia, porque son causas de carpeta investigativa, o sea, todo esto requiere de mucha más precisión», indicó a El Mercurio.

En tanto, Samuel Donoso, abogado, comentó en una carta al director publicada por el mismo diario que «ni aun en la situación actual se trata de un fallo con efectos generales, sino que de diferentes fallos por cada causa, con similares razonamientos. Se trata entonces de una cuestión de economía procesal y de procedimiento, donde por lo demás los casos que no hayan estado dentro de los procesos que abarca la resolución no se ven impactados por esta, como es lo propio del efecto de las sentencias judiciales por los demás».

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