Las defensas de Juan Pablo Hermosilla y Leonarda Villalobos presentaron sendos recursos de apelación a la resolución del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, el que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de ambos el pasado martes 27 de agosto en el marco del caso Audio. Y la Corte ya fijo el día de la audiencia para su revisión.

En el caso del abogado, la defensa de Hermosilla, encabezada por su hermano Juan Pablo Hermosilla, cuestionó la formulación de cargos que realizó la Fiscalía Oriente, así como también la decisión y calificación del tribunal respecto a la peligrosidad del penalista, quien a su juicio no constituye un peligro para la sociedad ni para la investigación.

El recurso plantea que la imposición de la prisión preventiva a Luis Hermosilla “constituye un agravio de naturaleza grave y desproporcionada, que vulnera principios fundamentales reconocidos tanto en la Constitución”, así como también a “los tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por el Estado de Chile, especialmente el principio de presunción de inocencia”.

Y en esa línea, afirma que la medida cautelar es más agravada porque Hermosilla “no constituye un peligro para la sociedad ni para el desarrollo de la investigación, habiendo demostrado una conducta de plena colaboración con las autoridades y la justicia en todo momento”.

La imputación de cargos es algo a lo cual también apunta la defensa de Hermosilla. Por ejemplo, respecto al delito de cohecho -el cual a juicio de la Fiscalía el abogado indujo- la apelación plantea que aquello no pudo ocurrir ya que Leonarda Villalobos había realizado pagos previos a la reunión en la cual el penalista hablar de pagarle a funcionarios públicos.

Y sobre el lavado de activos, la defensa apunta que “no solo no se han ocultado fondos provenientes de los supuestos delitos bases investigados, sino que tampoco jamás se ha negado su existencia”.

La defensa de Villalobos también presentó sus argumentos. Según el escrito presentado por sus abogados, Alejandra Borda y Esteban Olivares, apuntan a que no existe un peligro para la sociedad, sosteniendo que en este caso, “nos encontramos con una conducta irreprochable anterior, una persona que no posee contagio criminógeno previos ni coetáneos. Ella cuenta con un domicilio fijo, grupo familiar definido y un trabajo lícito en el medio libre”.

Seguido de eso, también señala que la abogada ha colaborado sustancialmente con la investigación, algo a lo cual la magistrada Mariana Leyton no se refirió, pese a que aquello tiene “efectos trascendentales”, ya que sin la grabación realizada por Villalobos “no habría una investigación tan profunda a esta situación, con tantas personas y altos directivos involucrados”.

Con todo, la Corte de Apelaciones de Santiago informó este miércoles que recibidos por antecedes y atendida la materia de los delitos formalizados, se agregó “extraordinariamente a la tabla del día jueves 5 de septiembre, en la Undécima Sala, para proceder a su vista en audiencia pública”.

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