Más detalles se han conocido en torno al proyecto de ley que esta semana anunció el Gobierno y que propone terminar con el Crédito con Aval del Estado (CAE) y avanzar hacia un nuevo sistema de financiamiento para la educación superior, denominado FES.

Anoche se ingresó la iniciativa a la Cámara de Diputados y, con ello, se publicó el esperado informe financiero de la controvertida propuesta. Si bien el Presidente Gabriel Boric había comunicado los principales lineamientos en una cadena nacional el lunes, muchas dudas quedaron en el aire.

En lo medular, el proyecto propone una condonación parcial de la deuda a quienes adscriban voluntariamente al nuevo mecanismo, sujeta a varios criterios. Asimismo, plantea una exención de los aranceles para quienes estudien con FES, con un copago solo para aquellos que se encuentren en el 10% de mayores ingresos.

En el informe financiero, el Ejecutivo comprara la situación futura de mantener el actual CAE y los efectos fiscales del nuevo sistema. Así, Hacienda proyecta a partir del segundo año de la puesta en marcha del FES, este significaría un ahorro neto para el Estado.

«La ley implica el primer año un menor gasto fiscal (sobre la línea) de $46.605 millones, y un mayor desembolso bajo la línea por $61.261 millones, lo que se ve compensado a lo largo del tiempo. Ello implica un desembolso efectivo por $14.656 millones el primer año, y ahorros netos los siguientes años, respecto de los gastos vigentes», señala el informe.

«El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de este proyecto de ley, durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a las partidas del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro», indica también.

Cabe señalar que el ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó hace algunos días que el nuevo sistema de financiamiento «es más eficiente y que con cargo a esa eficiencia (…) tiene un costo que es igual o menor a lo que hoy día existe, pero aplicado con mayor justifica y aplicado a los profesionales que ya egresaron de la educación superior».

«Esta es una propuesta que no cuesta más y que hacia el futuro, habría costado el sistema vigente», sostuvo asimismo.

¿Sin suspensión de cobro?

Por otra parte, tras un año, el beneficiario (que tenga ingresos por sobre los $500.000) realizará una retribución que no podrá ser superior al 7% de sus ingresos mensuales, o al 8% en el caso de personas con ingresos anuales iguales o superiores a 45 UTA ($3 millones mensuales aproximadamente), y por un periodo proporcional al tiempo que estudió, con un tope de 20 años.

En torno a este último aspecto surgieron algunas dudas. En concreto, el mensaje del Gobierno describe que el periodo de contribución se extenderá «ininterrumpidamente» hasta cumplir con la totalidad de años de aporte, salvo algunas excepciones de suspensión temporal de la retribución, como personas que hayan obtenido un título técnico decidan financiar una carrera profesional, se cursen estudios en el extranjero yy a quienes, sin haber egresado, ingresen nuevsmente a estudios de pregrado financiados por el nuevo instrumento.

Pero además, el informe señala: «No se considera la suspensión de retribución por cesantía, debido al carácter contingente de la contribución y la existencia de un tramo exento. En esas situaciones la obligación no se suspende, de forma que el plazo máximo de contribución no se prolonga».

Fuentes conocedoras consultadas por Emol aseguran que este párrafo supone que, de quedar el beneficiario cesante, los meses en los que no se pueda retribuir no se hará el descuento. Y que una vez que este vuelva a tener trabajo (con ingresos por sobre los $500.000) volverá a operar el mecanismo. Esto, sin que el plazo de pago se extienda.

Es decir, si un beneficiario tiene que devolver en 15 años, y queda cesante por seis meses, el plazo de los 15 años seguirá igual. El plazo en el que no pudo pagar quedaría atrás. Sin embargo, no queda claro qué pasa con ingresos que esa persona pueda tener por factores como el Seguro de Cesantía o ciertos trabajos esporádicos.

Asimismo, según el informe, los montos de retribución de cada persona beneficiaria serán determinados por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y recaudados anualmente por la Tesorería General de la República (TGR).

«Para volver eficiente esta recaudación, se realizarán retenciones mensuales por parte de las y los empleadores o retenciones de un porcentaje de la boleta de honorarios de las personas beneficiarias. Estas retenciones aportarán a la obligación de contribución anual, la que en caso de exceder el monto que corresponde retribuir, se devolverá a la persona beneficiada», añade.

Revisa el informe completo aquí

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