Los próximos días son claves en la implementación de la ley corta de isapres. Esto porque las aseguradoras deberán informar a los afiliados de cuánto será el Alza Extraordinaria que se comenzará a aplicar en los planes y porque las personas, ante este escenario, podrán optar por tres opciones.
La subida está estipulada en la legislación que se aprobó en mayo, como medida para mitigar el impacto financiero sobre las isapres y variaría entre los $9 mil y $42 mil por persona. Es que la ley corta tiene como objetivo viabilizar el fallo de la Corte Suprema que las mandata a ajustar todos los contratos con sus afiliados a la Tabla de Factores Única (TFU) y a devolver los cobros en exceso.
Las fechas clave
Según la circular de la Superintendencia de Salud del 08 de octubre, las isapres que hayan propuesto la incorporación de una prima extraordinaria y que haya sido aprobada por el Plan de Pago y Ajustes (PPA) podrán alzar la cotización pactada hasta en un 10%, en comparación a la cotización de julio de 2023. Para notificar esta subida, tienen como fecha límite el lunes 21 de octubre. Los empleadores, en tanto, ya recibieron la información, pues las aseguradoras debían entregárselas antes del 10 de de este mes.
Al informar a los afiliados, asimismo, las instituciones deberán dar cuenta de una serie de contenidos, dice la circular de la Superintendencia. Dentro de él, se encuentran el valor de la prima extraordinaria, el costo de la cotización pactada a julio de 2023 y la cotización total a pagar por contrato, una vez aplicada la nueva alza.
A quienes se les suban los planes, las isapres deberán ofrecer alternativas. Es por esto que al informar sobre el alza también deberán identificar las opciones de contratos sobre la mesa. De todos modos, si el afiliado lo estima conveniente, puede optar por desafiliarse.
Pero, ¿hasta cuándo tienen plazo para decidir las personas? Matías Stäger, cofundador de queplan.cl, señala que «el 29 de noviembre de 2024 es el día límite para que las personas notificadas por esta alza extraordinaria, puedan manifestar que se quieren quedar con su actual plan, aceptar algún plan alternativo de la misma isapre o desafiliarse».
«En el evento de que nada diga, se entenderá que la persona acepta mantener las condiciones contractuales, con la prima extraordinaria», detalla la circular de la Superintendencia.
Según explican desde QuePlan, en la liquidación de octubre se verá de todos modos la baja en el sueldo por el alza extraordinaria.
Aunque, la circular del Gobierno aclara: «En los casos en que la persona cotizante no acepte el aumento en su cotización pactada y cambie de plan, la isapre deberá dejar sin efecto el FUN enviado junto a la comunicación, emitir el nuevo FUN y, en caso de que corresponda, proceder a la reliquidación de prestaciones y restitución de diferencias de cotizaciones y/o copagos que se hubieren generado entre la vigencia del FUN enviado y el que lo reemplace».
Matías Stäger destaca además que de «todas formas, los afiliados que aún no se hayan pronunciado, tienen hasta el 30 de abril del 2025 para cambiarse a alguno de los planes ofrecidos por su Isapre u otro en comercialización, sin necesidad de una nueva declaración de salud».
También detalla que luego de todo este procedimiento aún queda una fecha clave: «Esperar el plan de pago de las devoluciones de cada isapres, las cuales serán notificadas el próximo noviembre y comenzarán a ser entregadas a partir de diciembre de este año».
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