La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió este lunes un recurso de amparo y revocó la prisión preventiva de Manuel Monsalve, exsubsecretario del Interior formalizado por violación y abuso sexual contra una subalterna. Tras 181 días recluido en cárceles de Rancagua y Capitán Yáber —este último tras amenazas—, Monsalve cumplirá arresto domiciliario total, con arraigo nacional y prohibición de contacto con la víctima. La resolución marca el primer triunfo de su defensa, liderada por el abogado Víctor Providel, y reactiva el debate sobre los límites de la prisión preventiva.

Claves del fallo: ¿Por qué la Suprema flexibilizó la medida?
El máximo tribunal estructuró su decisión en dos pilares, según consta en el fallo:

  1. Estándar de fundamentación insuficiente
    La Corte criticó que el Séptimo Juzgado de Garantía y la Corte de Apelaciones no abordaron la petición subsidiaria de la defensa para reemplazar la prisión por medidas alternativas: “No fundamentó ni se pronunció respecto de la petición […] sustituir el actual fin de la prisión preventiva por el de peligro de fuga”.
    Aunque reconoció que el tribunal de primera instancia “desarrolla de un modo aceptable” los presupuestos para decretar la cautelar, la Suprema enfatizó que omitió un análisis dinámico: “El dictamen impugnado estuvo desprovisto de la necesaria […] fundamentación […] íntimamente conectada con la legitimidad de la decisión”.

  2. Provisionalidad como eje irrenunciable
    La Sala recordó que la prisión preventiva “subsistirá mientras permanezcan incólumes en el tiempo las razones que llevaron a decretarla”, subrayando su carácter excepcional. Este principio de “provisionalidad” obliga a reevaluar periódicamente si persisten los riesgos de obstrucción a la investigación o peligro social.

Disidencia: La advertencia de Tavolari sobre un precedente riesgoso
La abogada integrante Pía Tavolari emitió un voto en contra, alertando que el fallo mayoritario relaja los controles sobre imputados de alta peligrosidad. Según su análisis, el tribunal de garantía “dio respuesta a las principales alegaciones de la defensa” y fundamentó la mantención de la prisión al considerar:

  • La gravedad de los delitos (penas de “crimen” según la tipificación).

  • Conductas posteriores de Monsalve, como “manipular evidencia y borrar contenido de sus celulares”, según la jueza Carla Capello.

El caso digital: Spotify, Signal y la sombra sobre la coartada
La Fiscalía Centro Norte sostiene que Monsalve interactuó con su teléfono —usando Signal y Spotify— durante la noche del 22 al 23 de septiembre, contradiciendo su versión de haber estado inconsciente. Peritajes de la PDI detectaron actividad entre las 23:30 y 02:30 horas, aunque sin hallar fotos o videos. Para Capello, estos datos “entregaban más indicios de su participación”, reforzando el peligro de obstrucción.

Implicancias: ¿Un giro en la estrategia de la defensa?
El fallo no absuelve a Monsalve —la investigación por violación sigue en curso—, pero impone un desafío a la Fiscalía: deberá demostrar que los riesgos asociados al imputado justifican medidas más duras que el arresto domiciliario. Para la defensa, en cambio, el mensaje es claro: la Suprema exige tribunales de primera instancia más rigurosos en actualizar los fundamentos de la prisión preventiva, especialmente tras seis meses de aplicación.

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