El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió por unanimidad al entonces teniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo, del delito de apremios ilegítimos. La resolución judicial ampara los disparos de perdigones que, el 8 de noviembre de 2019, causaron la ceguera permanente del entonces estudiante de psicología y hoy diputado electo, Gustavo Gatica (Ind-PC), durante una manifestación en los alrededores de Plaza Baquedano.
El veredicto, emitido a las 12:58 horas de este martes en el Centro de Justicia de Santiago, resuelve en primera instancia uno de los casos más simbólicos derivados del 18-O, marcado por la gravedad de la lesión. La lectura se desarrolló en un clima de tensión, con presencia de figuras políticas como el diputado Johannes Kaiser (Libertarios) y la senadora electa Camila Flores entre el público, y altercados en el primer piso del edificio que obligaron a una evacuación por el estacionamiento.
Fundamentos de la Absolución: Legítima Defensa y Gradualidad de la Fuerza
El tribunal construyó su decisión sobre una caracterización específica de los hechos. Determinó que una manifestación inicialmente pacífica derivó, hacia la tarde, en una “protesta violenta”, culminando con el lanzamiento de una bomba molotov que incendió el uniforme de un carabinero. Esta calificación fue crucial para aplicar la figura de la legítima defensa. El fallo señala: “Dada la concurrencia acumulativa de los tres requisitos […] este tribunal concluye que la conducta del acusado se encuentra amparada por la causal de justificación contenida en el artículo 10 número 6 del Código Penal”.
Los magistrados Carolina Herrera y René Bonnemaison consideraron probado que Crespo efectuó los disparos, mientras que la jueza Cristina Cabello discrepó incluso de esa base fáctica, advirtiendo sobre “la existencia de sesgo confirmatorio en la investigación”. No obstante, los tres coincidieron en exculparlo, argumentando que el uso de la escopeta antidisturbios fue “proporcional” y constituyó “un ejercicio legítimo del derecho de defensa ante una agresión ilegítima actual y potencialmente letal”. El tribunal destacó que Gatica admitió haber lanzado piedras hacia la policía y que previamente se habían agotado medios disuasivos “menos lesivos”, como gases lacrimógenos y carros lanza aguas. Cabe destacar que en la deliberación no se consideraron declaraciones posteriores de Crespo, como su amenaza a un detenido el 9 de diciembre de 2019: “te vamos a sacar los ojos”.
Fallas Procesales y un Patrón de Cuestionamientos a la Fiscalía
Una línea argumental transversal en el veredicto fue la crítica al trabajo del equipo de fiscales liderado por Ximena Chong. El tribunal identificó “errores en la acusación” que llevaron a una aplicación restrictiva y técnicamente deficiente del tipo penal de apremios ilegítimos, por el cual se solicitaban 12 años de cárcel para Crespo (quien fue dado de baja por borrar los videos de su cámara de servicio). Este revés judicial representa un nuevo golpe para la fiscal Chong, cuya teoría del caso en la llamada “arremetida de Pío Nono” –donde el entonces carabinero Sebastián Zamora fue acusado de homicidio frustrado– también terminó en una absolución unánime a fines de 2023. En esa causa, el tribunal cuestionó la falta de especificidad sobre el riesgo mortal alegado y valoró los peritajes de la defensa que desvirtuaban la narrativa de un lanzamiento intencional.
El perfil de Ximena Chong: Entre la Militancia y la Controversia
La fiscal Ximena Chong Campusano, nacida en 1971, es una figura pública que ha generado polarización. Formada en la Universidad de Chile y militante histórica de la Democracia Cristiana hasta su ingreso al Ministerio Público en 2003, su actuación durante el estallido social ha sido recurrentemente cuestionada. Sus publicaciones en redes sociales tras el 18-O, donde compartió imágenes de manifestantes sobre el monumento a Baquedano con comentarios interpretados como celebratorios, generaron críticas internas y tendencias en Twitter. Además, según relataron tres conocedores a este medio, en agosto de 2022 solicitó sin éxito ser relevada del caso Pío Nono, argumentando el costo familiar tras una amenaza de muerte recibida por su hijo.
Implicancias del Fallo: Más Allá de un Caso Individual
La absolución de Claudio Crespo trasciende el caso específico. Por un lado, cierra judicialmente uno de los dos episodios de ceguera total ocurridos durante la crisis social (el otro es el de la senadora Fabiola Campillai, que sí resultó en condena). Por otro lado, consolida una narrativa judicial que, en ciertas causas emblemáticas, ha validado el uso de la fuerza policial en contextos de protesta violenta, enmarcándolo en el “cumplimiento del deber constitucional y legal de control del orden público”, como precisó la jueza Cabello en la lectura. La resolución deja en evidencia las altas exigencias probatorias y los desafíos técnicos que enfrentan las fiscalías al intentar judicializar conductas policiales en escenarios de alta complejidad y confrontación.



