La madrugada del jueves 4 de enero, el machi Celestino Córdova salió del Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Vilcún, en la Región de La Araucanía, al acceder a un beneficio de libertad condicional.
La autoridad ancestral mapuche cumplía una pena de 18 años de presidio como coautor del delito consumado de incendio con resultado de muerte por el caso de Werner Luchsinger y Vivian Mackay. El día en que salía en libertad se cumplían 11 años del crimen del matrimonio.
Este lunes, en tanto, la Segunda Sala de la Corte Suprema revisó la apelación del recurso de amparo que concedió la libertad condicional al machi, revocando el beneficio al que había accedido.
La decisión fue adoptada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y Jean Pierre y los abogados integrantes Pía Verena Tavolari y Eduardo Morales.
El máximo tribunal respaldó la decisión de la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción de La Araucanía que denegó al machi la opción de cumplir el resto de su condena fuera de la cárcel.
El 2 de enero, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo que presentó la defensa de Córdova y dejó sin efecto esa resolución de la comisión, ordenando que se procediera a cursar la libertad condicional solicitada en favor del sentenciado.
El Ministerio del Interior, querellante en el caso, apeló a esa resolución del tribunal de alzada y presentó una orden de no innovar.
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