El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago no acogió la tarde de hoy martes la solicitud de aplazamiento del juicio por el Caso Pío Nono, causa que tiene como imputado al excarabinero Sebastián Zamora, quien es sindicado por la fiscalía como responsable de haber empujado a un joven desde el puente Pío Nono el 2 de octubre de 2020, en medio de manifestaciones post estallido social.

El joven, quien entonces tenía 16 años, cayó de una altura de 7,4 metros, lo que le provocó fractura en las muñecas, una contusión en la base del pulmón derecho y un golpe en la cabeza.

A raíz de aquello, la titular de la Fiscalía de Alta Complejidad Centro Norte, Ximena Chong, presentó una acusación contra Zamora, por homicidio frustrado. A la acusación, se unió el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez, en calidad de querellantes.

Chong solicito aplazar la instancia judicial argumentando que estaba participando de otro juicio, pero que el «pasado viernes 10-05-2024 la audiencia se suspendió por un problema de salud de una de las magistradas, informándosenos (…) que la audiencia se reanuda el miércoles 15 de mayo», según reportó el medio Ex-Ante.

La persecutora sostuvo que «así las cosas, encontrándonos aún en etapa de producción de prueba, solicito a Us., retardar el inicio de la audiencia de juicio en la presente causa, para el miércoles 29-05-2024».

Sin embargo, el tribunal determinó el proceso judicial inicie el próximo 22 de mayo a partir de las 9:00 horas. Esta era la tercera solicitud de modificación de fecha.

El fallo de la Corte de Apelaciones

En junio de 2023, la segunda sala del Tribunal Constitucional (TC) acogió a tramitación un recurso de inaplicabilidad interpuesto por Zamora, por la exclusión de peritajes clave para su defensa durante su preparación de juicio oral.

Esto, porque el informe excluido buscaba demostrar que el ex uniformado buscaba atrapar al joven afectado y no lanzarlo por el puente. A raíz de ello, se ordenó la suspensión temporal del procedimiento legal.

No obstante, en diciembre, el TC rechazó el recurso, tras un empate de votos entre los ministros. Asimismo, la sentencia determinó que quedaba sin efecto la suspensión del procedimiento.

En enero de este año, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la apelación realizada por la defensa del ex carabinero. Por tres votos a cero, el tribunal de alzada falló la reintegración de uno de los peritajes de la defensa, la misma que acusaba que habría sido excluida de la carpeta investigativa.

En su resolución, la corte resaltó que la disposición de dicho informe en el juicio oral «no puede ser descartada sin más, toda vez que la defensa pretende explicar con su testimonio y las fotografías que emanan de la pericia su teoría de descargo, por lo que aparece revestida de fundamento plausible para que sea el tribunal competente el que la analice conjuntamente con los demás medios probatorios».

Se trataba de la pericia gesto-motor, que daba cuenta de una «desaceleración» del funcionario policial en el momento de ocurridos los hechos, lo que contradecía lo planteado por la defensa del joven, los querellantes y la tesis de Chong.

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