La mañana de este domingo el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, confirmó que ya son 10 las personas aprehendidas por su presunta responsabilidad en el origen de incendios forestales que afectan desde el jueves a la zona centro-sur del país.

«Quiero decir que hay 10 detenidos por eventual responsabilidad en la generación de incendios», dijo en medio de un punto de prensa por balance de los siniestros.

Desde Carabineros señalaron a Emol que siete fueron aprehendidos por el delito de incendio y tres por porte de elementos conocidos para incendiar.

En detalle respecto a las siete detenciones por incendio, una se efectuó en Quellón, otra en Valdivia, otra en Tirúa, otra en Cañete, otra en Santa Clara, otra en Parral, y otra en Arauco. En tanto, las tres aprehensiones por porte de elementos conocidos para incendiar se llevaron a cabo en Los Ángeles.

Profundizando en algunos casos, uno de los detenidos fue un sujeto de 30 años y nacionalidad haitiana, por un siniestro que afectó en Parral.

De acuerdo a la dinámica, Carabineros reportó que «a las 19.40 horas del viernes, a raíz de una llamada anónima de un conductor que se desplazaba por la Ruta 5 Sur y vio a un hombre en actitudes sospechosas presuntamente iniciando fuego en pastizales, Carabineros de la 3ª comisaría de Parral, concurrió encontrando en las inmediaciones a un hombre adulto, quien al ver la presencia policial se dio a la fuga por la Ruta 5 Sur en dirección al norte».

A los pocos minutos, el hombre fue detenido y se encontró entre sus vestimentas «dos paquetes de vela (una vela ya había sido encendida) y una caja de fósforos».

Por instrucción del fiscal de turno, el hombre de iniciales L.D.L.D, fue puesto a disposición del Ministerio Público para pasar a control de detención y formalización de cargos la mañana de este sábado 04 de febrero, tras lo cual quedó en prisión preventiva por los próximos tres meses.

Otro caso, de acuerdo con la institución y el comisario subrogante de Bulnes, capitán Rodrigo San Martin, es el de un hombre de 63 años, quien fue detenido por presuntamente haber iniciado un siniestro que afectó a cuatro hectáreas en el sector de Libuy, en Bulnes.

En cuanto a los hechos, se expuso que el individuo «de forma negligente, usó un esmeril eléctrico que provocó chispas, dando inicio al fuego».

En concreto, «el personal policial acudió a la zona en llamas y verificó la presencia de un hombre adulto mayor, quien momentos antes habría estado manipulando un esmeril eléctrico mientras arreglaba un portón, herramienta que generó chispas que se disiparon con el viento y encendieron el pastizal que rodeaba el lugar», se informó.

Más tarde, desde la Fiscalía de Ñuble indicaron que el hombre, un ciudadano alemán, quedó con la medida cautelar de arraigo nacional y firma quincenal en Carabineros. Además, se decretó un plazo de cuatro meses para finalizar la investigación.

Acciones de la Fiscalía y la determinación del Gobierno

La mayor cantidad de detenciones en este marco, se han dado en la región del Biobío. En tal sentido, la fiscal regional Marcela Cartagena, puntualizó que «la denuncia de un incendio va a generar desde ya un llamado fiscal e instrucciones de primeras diligencias. Eso está ocurriendo en toda la región y efectivamente quedamos a la espera de los partes policiales y la información de las distintas policías en relación a lo que ellos están recabando en terreno».

Sin perjuicio de aquello, manifestó que «yo he tomado una decisión que tiene que ver con reunir en una sola investigación el incendio que afecta a la comuna de Santa Juana con el incendio que afecta a la comuna de Nacimiento».

«Se trata de un solo incendio para efectos prácticos que reúne a dos fiscalías del Biobío», relató, pero hizo hincapié en que «he resuelto sea investigado por un solo equipo liderado por la Fiscalía local de Concepción, específicamente por el fiscal Jorge Lorca quien va a estar acompañado de un equipo especial, que la PDI va a poner a disposición de este trabajo, y donde vamos a contar también con la colaboración investigativa de la Conaf, que en este tipo de hechos tiene muchísimo que aportar».

Según advirtió, lo anterior está proceso de igual manera en que «estamos muy preocupados para atender a nuestras víctimas». «No podemos dejar de lado nuestra principal labor que es el esclarecimiento de hechos que pueden ser constitutivos de delito y eso ya está en curso», sentenció.

El subsecretario Monsalve en esta materia fue enfático en señalar que «la generación intencional de incendios va a ser perseguida penalmente por el Gobierno».

De hecho, aseveró que «la Ley es especialmente dura respecto al delito de incendios. Las penas van de los 5 años y un día a los 20 años. Son penas altas y vamos a perseguir las penas más altas que permite la Ley».

Lo que dice la Ley 20.653

En el año 2013 se promulgó una ley que aumentó las sanciones a responsables de incendios forestales (Ley 20.653), modificando así la Ley de Bosque (20.283).

En concreto, se sustituyó el artículo 22 por el siguiente: «El empleo del fuego, en contravención a las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos, y siempre que de ello no se haya seguido incendio, será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 11 a 50 UTM».

A su vez, «el que rozare a fuego infringiendo las disposiciones legales y reglamentarias y a consecuencia de ello destruyere bosques, mieses, pastos, montes, cierros, plantíos o formaciones xerofíticas de aquellas definidas en la ley Nº 20.283, ganado, construcciones u otros bienes pertenecientes a terceros o afectare gravemente el patrimonio forestal del país, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 50 a 150 UTM».

Junto con ello, se agregaron los artículos 22 bis y 22 ter. El primero acota que «se prohíbe encender fuego o la utilización de fuentes de calor en las Áreas Silvestres Protegidas en todos aquellos lugares no autorizados y señalizados por la autoridad a cuyo cargo se encuentre la administración de las mismas. El incumplimiento de la prohibición referida en el inciso precedente hará incurrir a quien utilizare el fuego o cualquier fuente de calor en la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 11 a 50 UTM».

El segundo, precisa que «el que por mera imprudencia o negligencia en el uso del fuego u otras fuentes de calor en zonas rurales o en terrenos urbanos o semiurbanos destinados al uso público, provocare incendio que cause daño en los bienes a que alude el inciso segundo del artículo 22, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 50 a 150 UTM».

Y, «si el incendio se produjera en un Área Silvestre Protegida o se propagare a alguna de ellas, el responsable del uso del fuego u otras fuentes de calor en las zonas y terrenos a que alude el inciso anterior, sufrirá la pena de presidio menor en su grado máximo y multa de 100 a 200 UTM».

Con todo, el subsecretario Monsalve expresó que «queremos transmitir la total determinación de buscar las responsabilidades si es que hay evidencia de intencionalidad, y en el caso de que haya evidencia de intencionalidad, quiero volver a reiterar que las penas que establece la ley parte en los 5 años y un día, y pueden llegar a 20 años».

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