Este martes, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que busca congelar el precio del diésel por cerca de cuatro meses y establece modificaciones al Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco), con el fin de que el valor de las bencinas varíe cada tres semanas, y no semanalmente como ocurre en la actualidad.

Eso, además de una serie de beneficios para el transporte de carga.

El proyecto del Ejecutivo fue despachado a segundo trámite constitucional con 78 votos a favor, 28 en contra y 30 abstenciones.

La iniciativa, según explicó el Ejecutivo, busca evitar fluctuaciones semanales como son actualmente. Así, se espera mantener un periodo más amplio de estabilidad de precios, entre las alzas y bajas que se puedan experimentar.

Esto permitirá mantener una programación de valores por un tiempo mayor, hecho que beneficiará al transporte en general, pero también a los productos asociados a esta situación, como los vendidos en un negocio o supermercado.

Para materializar el cambio en el Mepco, la propuesta también especifica la forma en que se calculará el impuesto específico a los combustibles en las distintas semanas de ese período.

Otros beneficios

Adicionalmente, el texto aprobado presenta algunos beneficios específicos para el sector del transporte de carga, acordados en el último paro de los camioneros.

En particular, se extiende la vigencia, hasta el 31 de diciembre del año 2023, del reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de este sector.

Asimismo, establece el régimen de precios aplicable al petróleo diésel hasta el 15 de abril de 2023. Ello asegurará la mantención de precios por 120 días, sin cambios. Asimismo, esta norma establece el mecanismo que permite dicha estabilización.

Luego, se fija un régimen temporal aplicable para los ajustes de precio del petróleo diésel a que dé lugar la operación del Mepco. El periodo comprendido es entre el 15 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024. Aquí se define un máximo de alzas de 0,25 UTM por metro cúbico cada 21 días.

Finalmente, se detalla que la extensión del beneficio de reintegro parcial aplicará a todas las facturas emitidas durante el año tributario 2023.

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