Hace unos días, la subdirección de Asuntos Corporativos del Servicio de Impuestos Internos (SII) envió un comunicado a sus funcionarios en el que informó el resultado de su última fiscalización a SQM Salar, filial de SQM, la minera no metálica ligada a Julio Ponce Lerou y la china Tianqi.
En el escrito, enviado por intranet, el departamento que se encarga de mantener un diálogo fluido con sus trabajadores, sostuvo: “Queremos aclarar versiones de prensa sobre la acción de nuestro servicio en la determinación de diferencias del Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM) de SQM Salar”.
“Nuestros equipos han desarrollado una activa labor, que hizo posible que el pasado 17 de abril, dentro del plazo establecido en la normativa, fueran emitidos y notificados los respectivos actos administrativos por las diferencias detectadas para los años tributarios 2020, 2021 y 2022″, acotó el escrito al que tuvo acceso Pulso.
Se trata de un problema no menor para la minera, si se considera el impacto que eventualmente a sus arcas financieras podría generar la discrepancia. En su reporte financiero de 2022, en las contingencias tributarias, SQM explica que su filial SQM Salar, que explota el Salar de Atacama, ha presentado tres reclamaciones tributarias contra el SII por el cobro de impuestos de los años tributarios 2012 al 2018, lo que corresponde a los años comerciales 2011 a 2017. El monto total por esas reclamaciones totaliza US$ 127 millones. Luego, en septiembre de 2022, el SII liquidó diferencias para el año tributario 2019 -año comercial 2018- respecto al impuesto específico a la actividad minera y otros ajustes por US$ 36 millones. Así, las diferencias abarcan hasta ahora siete años.
En el último reporte financiero, SQM decía que “el SII no ha liquidado diferencias respecto al impuesto específico a la actividad minera para los años tributarios 2020, en adelante”. Y el SII lo hizo para tres años tributarios en un solo día de abril. La empresa advertía que si el SII empleaba el criterio similar para los años tributarios siguientes, “la estimación de la Sociedad para el monto que podría ser liquidado por el SII asciende a US$ 745 millones, sin considerar intereses y multas”, acotó la minera en su informe. Hasta 2021, la eventual contingencia ascendía a US$ 79 millones. Pero el alza del precio en 2022, que para SQM saltó de US$ 9 mil por tonelada métrica a US$ 52 mil la tonelada métrica, impulsó el monto.
La acción del servicio compromete ahora tres años siguientes, con lo que ya suman 10 años. Pero aún no incluye el espectacular año 2022, el que corresponde al año tributario 2023.
Las liquidaciones por deferencias de IEAM asociadas a la explotación del litio surgieron del Programa de Fiscalización denominado “IEAM-Litio”, iniciado en 2015. La iniciativa tenía por objetivo verificar el correcto cumplimiento tributario en la explotación del litio en sus diversas formas, así como los eventuales efectos que de dicha revisión se derivaran en la determinación del Impuesto de Primera Categoría y en el Fondo de Utilidades Tributables (FUT), todos establecidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta.
La última liquidación, realizada en septiembre de 2022, correspondía al año comercial 2018: más de tres años después del término de ese ejercicio. Y ahora aceleró las cosas y la entidad dirigida desde el inicio de este gobierno por el ingeniero comercial de la Universidad de Chile, Hernán Frigolett, liquidó tres años consecutivos en un solo día.
El último balance de SQM Salar, a diciembre de 2022, reportó un pasivo corriente por impuesto de primera categoría de US$ 1.458 millones y una provisión de US$ 53 millones por el impuesto específico. “La provisión de royalty es determinada al aplicar la tasa imponible al Ingreso Neto Operacional obtenido. Actualmente y según la tabla vigente, la Sociedad provisionó un 9,60% para el royalty minero que involucra las operaciones en el Salar de Atacama”, anotó SQM Salar en sus últimos estados financieros.
La entre el SII y la minera se reduce a si se aplica el impuesto específico a la minería a un mineral como el litio. Consultada por Pulso sobre las nuevas liquidaciones, SQM respondió que “el impuesto específico se aplica a sustancias concesibles y el litio no lo es. La diferencia de esta interpretación se encuentra hoy en tribunales. Por su parte, el SII ha aplicado los procedimientos y protocolos habituales en virtud de las facultades que posee”.
“Acentos y prioridades”
En su comunicado interno, el servicio destacó que “como institución, nuestro compromiso es realizar todas las acciones que el marco normativo vigente nos entrega para asegurar el correcto cumplimiento tributario de todos los contribuyentes. Por ello, hacemos un reconocimiento al trabajo desarrollado por los equipos que han participado de este caso, en el que han mostrado no sólo su capacidad técnica, sino que también su dedicación como servidores públicos, buscando resguardar los intereses del Estado y de todas las personas”.
Consultado el Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre el motivo para acelerar las liquidaciones a SQM, explicaron que “el proceso está vinculado a los acentos y prioridades que el servicio ha establecido en materia de gestión institucional”.
“Por una parte, en materia de agilizar la oportunidad de las actuaciones que realiza en los distintos campos, entre ellos el de efectuar las liquidaciones por diferencias de impuestos lo antes posible, y no esperar la cercanía de los plazos de prescripción. Más aún en casos como este, donde están judicializados los periodos anteriores”, explicaron desde el SII.
Asimismo, añadieron que “el servicio está actuando en coherencia con lo planteado claramente en su Plan de Gestión del Cumplimiento Tributario (PGCT) en orden a reforzar las acciones de control a los contribuyentes de mayor impacto en la recaudación, como altos patrimonios, grupos empresariales, multinacionales y principales sectores económicos”.
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