Una importante derrota sufrieron la semana pasada las isapres en la Corte Suprema, luego de que se publicara el fallo del precio por las Garantías Explícitas en Salud (GES), cuyo reajuste se realiza cada tres años, y motivo por el cual los afiliados han recurrido a las cortes de Apelaciones para dejar sin efecto dichas alzas.
La Tercera Sala del máximo tribunal definió que las isapres que subieron sus precios GES en octubre del año pasado, deberán rebajar sus cobros al nivel en que tenían antes fijado el precio GES, salvo aquellas isapres, como Consalud, que en el proceso anterior tenían un precio inferior a 7,2 UF. En ese caso, dichas isapres solo pueden subir el cobro hasta dicho monto. Eso aplica para toda su cartera de afiliados. Además, la Suprema estableció que podría haber devoluciones si así lo define la Superintendencia de Salud.
Pero desde isapre Consalud decidieron tomar cartas en el asunto, y este jueves interpusieron ante la misma Corte Suprema un incidente de nulidad procesal. No fue la única isapre que tomó esa decisión: lo mismo hizo Cruz Blanca, que interpuso un incidente de nulidad de lo obrado, pero a diferencia de la primera isapre, señaló que los ministros de la Tercera Sala que emitieron la sentencia estarían “inhabilitados” para resolver este incidente de nulidad, por lo que solicitó que sea otra Sala la que dirima el asunto.