El Senado acordó poner en la tabla el martes de esta semana -para su discusión y votación- el proyecto de ley que regula el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad para personas que cumplen ciertos criterios, como padecer una enfermedad terminal, un menoscabo físico grave, o que hayan cumplido una determinada edad. En este último caso, el beneficio aplicaría para hombres desde los 70 años y para mujeres a partir de los 65 años.
A esa reunión, desde donde emanó la propuesta, no asistieron los oficialistas Juan Ignacio Latorre (RD) ni Esteban Velásquez (FREVS) ni los representantes de Demócratas, cuyo jefe de bancada, Matías Walker, señaló que aunque no estuvieron en la cita de este lunes, “en la última reunión que participamos nos manifestamos en contra de la idea de ponerlo en tabla, pues genera impunidad”.
Lo peligroso para el oficialismo es que la derecha está a un voto de lograr la mayoría de los senadores en ejercicio (26 votos) para aprobar la iniciativa en la sala. Incluso, en vista de que hay varios legisladores de viaje, con sus respectivos permisos constitucionales, el quórum de aprobación podría bajar a 24 o 25, dependiendo de quienes alcancen a llegar a la votación de este martes.
Los argumentos
El proyecto de ley surgió a partir de una moción de los senadores Francisco Chahuán (RN), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Rodrigo Galilea (RN), Carlos Kuschel (RN) y Enrique Van Rysselberghe (UDI).
“Dado que iniciativas anteriores han fracasado por el cuestionamiento que se ha formulado en orden a que beneficiaría a personas condenadas por delitos de lesa humanidad o de violación de los derechos humanos, los autores realizan un análisis sobre la doctrina y experiencia comparada respecto a la materia”, argumentaron los patrocinadores en el proyecto.
Luego de mencionar distintos estudios e informes en la materia, los autores concluyeron que en “el derecho internacional de los derechos humanos, basado en el respeto a la dignidad de la persona humana, son aplicables los indultos compasivos o la sustitución de la pena a condenados, cuya condición de salud o de edad sea incompatible con un régimen de reclusión penitenciaria, por cuanto dicho régimen constituye un menoscabo para su integridad física y psíquica”.
En consecuencia, apuntaron a que la “doctrina internacional, tanto en el Estatuto de Roma como en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como en diferentes instrumentos y recomendaciones internacionales, no impide la aplicación de instituciones como la que aquí se plantea a quienes hayan sido condenados por crímenes de lesa humanidad o por violación de los derechos humanos”.
“Certificado de impunidad”
Desde el oficialismo, sin embargo, han advertido y cuestionado que una iniciativa de esta naturaleza permitiría que presos por causas de derechos humanos -como los de Punta Peuco- puedan cumplir los últimos años de sus penas en arresto domiciliario.
Cuando el proyecto fue aprobado a inicios de enero en la comisión de Derechos Humanos del Senado, el legislador comunista, Daniel Núñez, quien ese día reemplazó a la senadora Fabiola Campillai (Independiente), dijo que con la iniciativa “se están incumpliendo una serie de normas internacionales, de tratados que ha suscrito el Estado de Chile”, agregando que “desde el punto de vista ético y político de la imagen internacional de Chile, pero sobre todo de lo que significaron las brutales violaciones de los derechos humanos, y delitos que todos los días se cometen de abusos sexuales, es realmente un certificado de impunidad”.
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