La mañana de este lunes la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió acoger un recurso de hecho presentado por Gendarmería en contra de la determinación del juez Daniel Urrutia, que previamente había autorizado la realización de videollamadas de peligrosos reos que permanecen en la Cárcel de Alta Seguridad.
“Se acoge el recurso de hecho deducido. Consecuentemente, se declara admisible la apelación interpuesta por Gendarmería de Chile contra la resolución de 31 de enero de 2024 del 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que autorizó mantener visitas a cuatro internos mediante la realización de videollamadas con terceros y la visita íntima del interno extranjero Rafael Marín Vielma”, se lee en la determinación de los ministros Antonio Ulloa, Sandra Araya y el abogado Euclides Ortega.
Como se expuso en la determinación de siete carillas, “de momento que la decisión que pretendiera impugnarse resolvió una petición que exigió un pronunciamiento especial del tribunal y que ha establecido un derecho permanente a favor del imputado, agraviando a Gendarmería de Chile, órgano que conforme a la ley -según quedó asentado- tiene el deber de velar por el resguardo en los recintos penales de la seguridad de estos, de las personas privadas de libertad que allí se encuentren, y de su personal, de modo que el dictamen recurrido reviste la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria y que como tal resulta apelable de acuerdo con esas reglas generales”.
Ahora, como se ha indicado, lo que viene es sortear sala para que vea el fondo del recurso próxima semana.
/psg