La jueza Andrea Díaz-Muñoz (Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago) resolvió sustituir la prisión preventiva de 205 días del abogado Luis Hermosilla por arresto domiciliario total, respaldando un argumento central de la defensa: «La prisión preventiva no puede operar como pena anticipada».

Fundamentos clave de la resolución:

  1. Peritajes determinantes:
    • Informe psicológico: Certifica que Hermosilla está en condiciones de cumplir medidas en libertad.
    • Peritaje social: Destaca su arraigo familiar, redes de apoyo y domicilio estable como factores de baja peligrosidad procesal.
  2. Riesgo de fuga descartado:
    La magistrada desestimó este temor al recalcar que el imputado:

    • Se presentó voluntariamente a la formalización inicial (22/06/2023).
    • Cumplió sistemáticamente con sus obligaciones procesales.
  3. Colaboración con la investigación:
    Se valoró su conducta activa en la defensa y aportes a la indagación por cohecho, lavado de activos y delito tributario.

Contexto procesal:

  • Origen del caso: Grabación de Leonarda Villalobos (06/2023) donde Hermosilla y el empresario Daniel Sauer (también en prisión preventiva) aludían a presuntos pagos a funcionarios del SII y CMF.
  • Impacto mediático: Difusión del audio por CiperChile (11/2023) y posterior apertura de investigación fiscal dirigida por Lorena Parra.

Reacción del imputado:
«Estoy muy contento con la decisión», declaró Hermosilla al salir del Centro de Justicia de Santiago, anticipando una apelación del Ministerio Público: «Esperaremos el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones».

Análisis de implicancias:
La resolución refuerza el criterio de que las medidas cautelares deben ser proporcionales y no sustitutivos de condena. No obstante, la prohibición de comunicación con otros imputados sugiere que el tribunal mantiene reservas sobre posibles interferencias en la investigación.

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