Un proyecto de ley que avanza con celeridad en la Comisión de Constitución del Senado ha encendido las alarmas en el mundo periodístico y entre defensores de la libertad de expresión. Se trata de la moción denominada “protección de antecedentes en proceso penal”, presentada por los senadores Pedro Araya, Luz Ebensperger, Paulina Núñez, Luciano Cruz-Coke y Alfonso de Urresti.

El texto, registrado bajo el boletín 17.484-07, propone modificar el Código Procesal Penal para sancionar penalmente la entrega, difusión o publicación de antecedentes pertenecientes a investigaciones penales declaradas como reservadas. La propuesta no especifica que los sancionados deban ser funcionarios públicos, lo que abre la puerta a que periodistas o medios de comunicación también puedan ser penalizados.

Una “Ley Mordaza 2.0”

La propuesta ha sido duramente criticada por quienes ven en ella una reedición de la fallida “Ley Mordaza” de 2016, que buscó restringir la cobertura de casos como Penta y SQM. En ese entonces, la presión del gremio periodístico y organizaciones de la sociedad civil impidió su avance.

Hoy, el nuevo proyecto retoma esa línea con un enfoque más amplio. “El que de cualquier modo entregare, informare, difundiere o divulgare información de cualquier naturaleza acerca de antecedentes de una investigación amparada por el secreto, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado medio a máximo”, indica el texto, sin precisar si se refiere solo a funcionarios del sistema penal o a cualquier ciudadano.

Esto, advierten críticos, podría implicar la criminalización del ejercicio periodístico en contextos donde se investiga corrupción o delitos de interés público, como los casos ProCultura, Audio o Sierra Bella.

El fundamento de los autores

Los parlamentarios autores de la moción argumentan que el actual sistema adversarial, instaurado con la reforma procesal penal del año 2000, ha permitido una excesiva exposición mediática de causas judiciales. A su juicio, filtraciones de antecedentes han sido usadas con fines políticos o personales, afectando la presunción de inocencia, la privacidad de las personas involucradas y el éxito de las investigaciones.

Citan como ejemplos las filtraciones de conversaciones privadas en el “Caso Audio”, o la divulgación de chats de la exalcaldesa Irací Hassler y la diputada Karol Cariola en el marco del caso “Sierra Bella”.

Normativa vigente y cuestionamientos

Pese a estas preocupaciones, expertos sostienen que ya existen mecanismos legales para sancionar a quienes filtren información confidencial desde el sistema penal, incluyendo fiscales, policías y otros funcionarios. El problema, indican, no es la ausencia de herramientas legales, sino su correcta aplicación.

El fiscal nacional Ángel Valencia ha señalado la necesidad de abordar las filtraciones desde actores externos al sistema, como querellantes particulares, pero sin criminalizar el rol de la prensa.

Comparaciones internacionales y críticas

Los senadores también apelan a la experiencia internacional, citando el caso francés de Giséle Pelicot como ejemplo de cómo una regulación estricta evitó filtraciones. Sin embargo, especialistas cuestionan esta comparación, ya que en dicho país no se sanciona a periodistas por informar sobre causas judiciales, y la cobertura mediática del caso sí incluyó declaraciones de víctimas e imputados.

Desde el gremio periodístico y organizaciones pro libertad de expresión advierten que esta iniciativa “revive viejos fantasmas” y atenta contra el derecho ciudadano a la información. Agregan que el enfoque del proyecto omite el interés público de muchos de los antecedentes judiciales divulgados por los medios, especialmente en casos de corrupción.

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