El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó un veredicto absolutorio a favor del exteniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo, quien era el único imputado por las lesiones que dejaron ciego al hoy diputado electo del Partido Comunista (PC), Gustavo Gatica, durante una manifestación ocurrida el 8 de noviembre de 2019, en el marco del denominado estallido social.
Al dar a conocer los fundamentos del fallo, la jueza Cristina Cabello sostuvo que dicha jornada “no fue la excepción” dentro del periodo de violencia vivido en el país, afirmando que se trató de una de las jornadas más violentas del estallido social, situación que —según indicó— fue ampliamente documentada durante el juicio mediante declaraciones de testigos civiles y policiales presentados por ambas partes.
La magistrada explicó que los medios de prueba incorporados por el Ministerio Público, entre ellos comunicaciones radiales y más de un centenar de registros audiovisuales, constituyeron un referente robusto para comprender el contexto de los hechos. A juicio del tribunal, dichos antecedentes capturan el desarrollo de una manifestación extremadamente masiva, progresivamente violenta y agresiva, lo que permitió formarse una plena convicción sobre la dinámica global en la que ocurrieron los hechos.
En esa línea, Cabello señaló que las imágenes obtenidas por cámaras ubicadas en Sala Prat, el edificio corporativo Movistar y drones de la central de monitoreo de la entonces Intendencia Metropolitana y de la Prefectura Aérea, junto con registros de sonido, entregaron una visión en 360 grados de la manifestación, permitiendo observar objetivamente el desarrollo de los distintos focos de violencia en Plaza Italia y sus alrededores, entre las 17:15 y las 19:00 horas.
El tribunal también dio por acreditada la destrucción de luminarias, señalética vial y del pavimento existente en el sector, indicando que estas acciones tenían como único fin atacar y doblegar a las fuerzas de orden y seguridad que resguardaban el perímetro.
Asimismo, la jueza destacó que las grabaciones con sonido provenientes de cámaras GoPro institucionales y de dispositivos particulares, debido a su cercanía con los hechos, reproducen vívidamente la conmoción y efervescencia del ambiente, en el cual —según el fallo— se escuchan consignas de odio y amenazas de muerte proferidas por parte de los manifestantes.
Finalmente, el tribunal sostuvo que los registros permiten observar cómo un grupo numeroso de personas, actuando con violencia desatada y de forma organizada, protagonizó una persistente y temeraria avanzada hacia el sur de la avenida Vicuña Mackenna, agrediendo a funcionarios policiales que desde al menos las 15:00 horas se encontraban replegados a un par de cuadras del lugar.
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