Dos son los cargos por los cuales la Superintendencia de Educación determinó sancionar a Saint George’s College, en medio del escándalo de los alumnos que crearon vía Inteligencia Artificial imágenes de desnudos de siete de sus compañeras de educación básica y media.

Como se estableció en medio del procedimiento, no se logró “acreditar que el establecimiento educacional haya agotado las instancias, acciones y estrategias que permitan dar pleno cumplimiento al ‘Deber de cuidado’ que le compete a la entidad sostenedora frente a las estudiantes afectadas”, por lo que el organismo resolvió aplicarles una multa de $ 13.193.400 (200 UTM).

De acuerdo con lo señalado en la resolución, a la cual tuvo acceso La Tercera, el sostenedor “no aplicó correctamente su reglamento interno y/o protocolo de actuación ante denuncias de agresiones sexuales o hechos de connotación sexual que atenten la integridad de los/las estudiantes”, y tampoco “garantiza a sus alumnos y alumnas el derecho a que se respete su integridad física y moral”.

De esta forma, se estableció que el colegio erró en su actuar y que no protegió de manera adecuada a las afectadas, quienes -según se estableció- han debido hacer frente a consecuencias catalogadas como graves, aunque aún el recinto tiene un periodo de apelación.

La norma les exigía más

Respecto del primer cargo formulado contra el establecimiento, la resolución de la Superintendencia estableció que no reaccionaron de manera oportuna frente al caso y que el hecho de que hayan activado el “Protocolo de Maltrato o Acoso Escolar” no los exime de responsabilidad alguna.

“Las disposiciones infringidas se refieren a actos de connotación sexual entre alumnos, cuyo propósito es garantizar la integridad física y psicológica de los estudiantes mediante el cumplimiento adecuado del protocolo de actuación. Es importante destacar que esta responsabilidad no queda a discreción de la entidad sostenedora, contradiciendo así la afirmación realizada en sus descargos de que la elección del protocolo no afectaría las medidas sancionatorias o de resguardo. Por el contrario, una elección correcta y una aplicación efectiva del protocolo habrían brindado mayor protección a las alumnas afectadas y a toda la comunidad educativa en general”, se aseguró en el documento.

Asimismo, se hizo presente que la institución estaba obligada a denunciar los hechos, pues a ellos no les correspondía evaluar si se estaba o no ante delitos.

“Es Importante recordar que no corresponde a la entidad sostenedora calificar la ilicitud de las conductas; ante casos graves como este y considerando su posición como garante, estaban obligados a denunciar para que fuese el Ministerio Público quien estableciese si las acciones realizadas por sus alumnos constituían o no delitos”, agregó la determinación, haciendo presente que producto de la situación la Fiscalía Metropolitana Oriente sí inició pesquisas para esclarecer lo sucedido.

Así las cosas, la entidad concluyó: “Las argumentaciones presentadas han sido desestimadas al no abordar adecuadamente los limites de fiscalización ni los intereses legales a proteger. La convivencia escolar armoniosa es un bien jurídico orientado a asegurar un ambiente propicio para las relaciones diarias entre todos los miembros de la comunidad educativa, basado en el respeto mutuo, la participación y el buen trato”.

¿Hicieron los ajustes necesarios?

En medio del análisis del segundo cargo imputado a Saint George’s College, la Superintendencia de Educación acreditó que, pese a que el establecimiento informó que había implementado “todas las medidas necesarias para proteger la integridad física y psicológica de las alumnas afectadas”, estas no fueron suficientes.

“Tras revisar los argumentos presentados por la entidad sostenedora, se ha determinado que no se adoptaron medidas suficientes para proteger la integridad física y psicológica de las alumnas afectadas. Es importante tener en cuenta que los hechos en cuestión no podían corregirse debido a su naturaleza y gravedad. Sobre todo, considerando que el enfoque se mantuvo en relación con el ‘maltrato entre estudiantes’, siendo una materia distinta a la denunciada, sin poder garantizar la integridad de las alumnas afectadas”, informó la resolución.

Se complementó, en el mismo sentido, que “se desprende de los hechos denunciados las graves consecuencias que han sufrido las víctimas. La falta de medidas protectoras ha llevado a que busquen terapias psicológicas y psiquiátricas debido al estrés, dolor y daño a su integridad que manifestaron sentir. El expediente administrativo también revela patologías como trastornos ansiosos adaptativos, trastornos de ansiedad generalizada y miedo a interactuar con los alumnos involucrados en la situación”.

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