Mediante distintos recursos judiciales el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, ha intentado dejar sin efecto la formalización en su contra, programada para el 7 de mayo. Sin embargo, hasta ahora, no ha tenido éxito. Ayer el Tribunal Constitucional rechazó su solicitud de suspensión del proceso en que el Ministerio Público espera formularle cargos por eventuales conductas omisivas, relacionados con delitos de apremios ilegítimos en el contexto del estallido.

Pese a ello, hoy su defensa, encabezada por el abogado Jorge Martínez, decidió ir por otra vía. Esta vez, presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Santiago respecto de las imputaciones que los fiscales Xavier Armendáriz, jefe regional metropolitano Centro Norte, y Ximena Chong, quien encabeza la unidad de Alta Complejidad de esa jurisdicción, harían a su representado el próximo mes.

Si bien desde el entorno de Yáñez se ha comentado que el propio general director ha dicho que no se sentará en el «banquillo de los acusados» estando a la cabeza de la institución policial, pues no desea dañar a la policía, y ello ha hecho pensar entre los generales, no sin desazón, que después de este sábado, cuando se celebra el aniversario de Carabineros, pudiera dejar el cargo, también en el alto mando mencionan que es sabido que no se irá sin antes hacer todo lo que está en sus manos para revertir su situación judicial.

«Una feroz persecución»

En la acción, la defensa de Yáñez afirma que «el Ministerio Público ha dirigido una feroz persecución penal contra la institución de Carabineros de Chile, en relación con los hechos ocurridos en el país a contar del 18 de octubre de 2019. Lo anterior, ha redundado en cientos y miles de persecuciones penales contra sus funcionarios; las que después de casi 5 años de ocurridos los hechos, han determinado la existencia de solo 45 carabineros condenados a nivel nacional por delitos comunes todos relacionados al uso excesivo de la fuerza».

Añade que la fiscalía recién en marzo les dio acceso a 1.378 casos que, supuestamente, fundan la investigación en su contra, por lo que piden conocer los hechos puntuales de la formalización y que se dé un plazo razonable para preparar la defensa.

«Que se acoja el presente amparo preventivo, debiendo restablecerse el imperio del Derecho a través del reconocimiento de las normas fundamentales del debido proceso de las que ha sido conculcado y que están amenazando y perturbando la libertad personal de mi representado», subraya Martínez.

Pedirán máximas cautelares

Otro punto que aborda la defensa de Yáñez en el recurso es la “ilegal” cautelar que se pretendería solicitar contra el general director de Carabineros. Y, en ese sentido, dice que “el Ministerio Público, vulnerando las garantías del debido proceso, desconociendo el derecho a defensa de mi representado y lo señalado en el artículo 19 N°3, inciso primero y sexto de la Constitución, pretende privar de libertad personal al señor Yáñez por medio de una prisión preventiva arbitraria e ilegal».

Acusa que, de esta forma, «se encuentra entonces directamente perturbada y amenazada la libertad personal y seguridad individual de mi representado por actos administrativos inconstitucionales e ilegales cometidos por el Ministerio Público; por la inminente cautelar personal de prisión preventiva».

Detalla, además, que «resulta evidente que, al ser formalizado por 1378 delitos de apremios ilegítimos, siendo responsable por el hecho de tener funciones de mando en Carabineros, el Ministerio Público pedirá la cautelar personal más gravosa en contra del Sr. Yáñez y de los demás imputados, esto es, la prisión preventiva.

Es más, la fiscal Chong le aseguró a uno de los defensores que pedirá respecto de todos los imputados la prisión preventiva». En ese marco, piden que «se dé conocimiento de los hechos puntuales y determinados por los que pretende formalizar con señalamiento de lugar, día y hora». Recién, dicen, se entregaron los números identificadores de las pruebas a una de las defensas el día 20 de marzo de 2024, por lo que se solicita que “se otorgue un plazo razonable para preparar la defensa material».

Acusan una actuación con sesgo

Según el recurso «ambos fiscales a cargo de la investigación han demostrado un evidente sesgo y parcialidad en la tramitación de esta causa, razón por la cual, como jefe superior del servicio, mi representado ejerció derecho a guardar silencio en la investigación».

Funda esa decisión Yáñez, de acuerdo a la presentación, en que «no existe ninguna garantía de objetividad e imparcialidad. Esto, se demuestra en que la solicitud de formalización de mi persona (…) autónomamente por el fiscal Xavier Armendáriz, sin consultar ni tener el consentimiento del jefe superior del servicio, Sr. fiscal nacional».

En el mismo escrito, además, se revela que se intentó resguardar los derechos de Yáñez en una audiencia de cautela de garantías en marzo y que «en un primer momento, se señaló que los casos serían alrededor de 300, con posterioridad la fiscal Chong aseveró a una defensa que serían un poco más de 400. Sin embargo, con sorpresa e indignación de todas las defensas, durante la audiencia de cautela de garantías solicitadas por todos, ante la jueza Isabel Correa, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, el fiscal regional Armendáriz señaló que en realidad el número de hechos que formalizaría serían 1.378 casos».

Abrir un «caja de pandora»

Se explica al tribunal de alzada que, «además, en esa misma audiencia señaló que él no entregaría la información, porque ello implicaba un privilegio a los imputados, y además, transgrediría supuestamente el principio de igualdad ante la ley, lo que significaría abrir una ‘caja de Pandora’, porque todos los imputados por delitos en Chile pedirían el mismo derecho, olvidando al parecer el fiscal Armendáriz las normas del debido proceso que rigen en Chile desde la modificación del artículo 5 inciso segundo de la Constitución y la reforma procesal penal».

Y, en ese marco, se indica que «lo más grave de toda esta situación S.S.I. (Su señoría Ilustrísima, refiriéndose a la corte), es que la jueza de garantía, en vez de tutelar y cautelar las normas fundamentales del debido proceso, estuvo de acuerdo con la opinión de la Fiscalía. Así, en vez de proteger el derecho a defensa de los imputados, desechó la cautelar y cerró el debate».

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