“Llegó el día, dijimos que demoleríamos las casas de narcotraficantes que nos ha entregado en un listado el Ministerio Público. Tras cumplir paso a paso con cada uno de los trámites legales, hemos procedido a demoler la primera vivienda narco. Llegó la hora de que se cumpla la ley en Chile y que los malos de una buena vez sean los que sientan miedo”. Esto decía el alcalde de La Florida, Rodolfo Carter, el pasado 9 de febrero, día en que se inició el proceso de demolición de las denominadas narcocasas en esa comuna de la Región Metropolitana. La situación motivó dos recursos judiciales contra la autoridad que fueron desestimados.

Ese día, cerca de las 9 horas llegó la autoridad junto a un grupo de seguridad de la comuna, Carabineros, máquinas y también periodistas de distintos medios de comunicación a la calle Monseñor Carlos Casanueva 10300. Allí se encuentra una propiedad asociada a la banda criminal “Los Macacos”. Sin embargo, los delincuentes no vivían en esa casa, sino que estaba siendo arrendada a una pareja extranjera que producía eventos infantiles. A pesar de las discusiones entre los afectados y el alcalde, la demolición finalmente se produjo.

Pero la polémica que trajo este proyecto no quedó allí, ya que días después de producido, Nathaly Pérez Rivera, exesposa del líder de la banda “Los Macacos”, presentó un recurso de protección en contra de la Municipalidad de La Florida por la demolición de parte de su inmueble. Mismo procedimiento judicial decidió llevar Patricia Paredes Ibarra, quien se encuentra en prisión preventiva y que también se vio afectada por la destrucción de una parte de su casa.

Proceso judicial

A pesar de que se presentaron dos recursos de protección en contra de Rodolfo Carter y la Municipalidad de La Florida, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió declarar como inadmisibles ambos textos. La principal razón por la que se rechazaron estos requerimientos es que los ministros determinaron que este tipo de acción judicial no es la vía idónea para proceder en este caso.

El principal argumento de los abogados requirentes era que el procedimiento adoptado por el personal municipal no se apegó al debido proceso. “Cabe señalar que el acto de demolición decretado, y conforme a los fundamentos otorgados por la propia autoridad edilicia, constituye un evidente acto arbitrario e ilegal, existiendo un verdadero ensañamiento y una evidente vulneración a la presunción de inocencia y honra de las personas, anunciando al país la total destrucción de la propiedad como un acto barbárico de justicia”, dice el texto presentado por Pérez Rivera.

Además, el recurso cita la ley general de urbanismo y construcción, la cual señala que ante la fiscalización por una construcción sin permisos debe haber un proceso de advertencia previo a la demolición, lo que en este caso no ocurrió, acusan.

Por su parte, los abogados de otra de las afectadas, Patricia Paredes Ibarra, utiliza este mismo argumento, agregando que ella por estar en calidad de detenida no recibió en ningún momento estos avisos por parte de la entidad municipal, por lo que, a su juicio, que hayan derribado parte de su casa es un acto ilegal.

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