Junto con aprobar la libertad de elección en salud y el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, el pleno del Consejo Constitucional aprobó también este jueves la libertad de elección en pensiones.

La de hoy es una jornada clave -que continuará en la tarde-, donde se votarán las principales normas del Estado social y democrático de derecho contenidos en el Capítulo II sobre «Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales».

Uno de los temas más relevantes eran los relacionados al inciso 27 sobre el derecho a la seguridad social y las diferencias entre oficialismo y oposición respecto a la libertad de elección en materia de pensiones. Por unanimidad se aprobó primero literal a que detalla que «el Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, cesantía, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias». También se visaron los literales c y d.

En cambio, por 33 votos de la oposición y 17 en contra del oficialismo, se aprobó el literal b respecto a que «cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por éstas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno».

También se aprobaron normas del inciso 25 sobre derecho al trabajo decente, a su libre elección y libre contratación. Así como las relativas al inciso 26 sobre libertad sindical, derecho a huelga y negociación colectiva, allí se aprobaron varias enmiendas renovadas por la oposición.

A petición de las bancadas de Unidad para Chile se acordó votar mañana el derecho a la cultura. Durante la tarde, en tanto, se discutirá la idea de eximir del pago de contribuciones a la primera vivienda, norma promovida por republicanos y que según ha trascendido, tendría en duda el apoyo de todos los consejeros de Chile Vamos.

Salud y educación

Una de las primeras normas aprobadas fue el literal b del inciso 21 del artículo 16, el cual establece la libertad de elección en salud, tema que concita las principales diferencias entre oficialismo y oposición. Así, mientras la norma es defendida por las bancadas de Chile Vamos y republicanos, Unidad para Chile la ha criticada, acusando un intento de constitucionalizar las isapres.

Ésta fue aprobada por 33 votos a favor de la oposición y 17 en contra del oficialismo, estableciendo que «es deber preferente del Estado garantizar para todas las personas la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales y privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado».

Con la misma votación, el pleno del Consejo ratificó el literal b del inciso 22 que aborda el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, tema también defendido por la oposición.

«Las familias, a través de los padres o en su caso de los tutores legales, tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como a determinar preferentemente su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho», se lee en el texto aprobado.

También con votos de la oposición se aprobaron los literales e y f, los cuales han sido duramente criticados por el oficialismo, el primero sindicado como un intento de constitucionalizar el «derecho a voucher, al señalar que «la educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado garantizar el financiamiento por estudiante, con la finalidad de asegurar el acceso a ellas para toda la población, a través de establecimientos estatales y privados».

Mientras que del segundo, Unidad para Chile critica la idea de que «la calidad» sea el requisito para el financiamiento de un establecimiento. «Se asignarán recursos públicos a instituciones estatales y privadas según criterios de razonabilidad, calidad y no discriminación arbitraria. En ningún caso dicha asignación podrá condicionar la libertad de enseñanza», apunta el texto.

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