“Como Contraloría hemos recibido ya varias presentaciones a propósito de cuál es la situación que tiene el jefe de la asesoría de la Presidencia, lo que comúnmente se denomina como el jefe del Segundo Piso. Nosotros lo que tenemos que hacer ahora es darle traslado a esa persona para que nos diga por qué razón estaría exceptuado de este control, por qué razón esta persona no tendría que comparecer a esta comisión y por qué no estaría sometido a este control propio de un estado democrático”.
De esta manera, la jornada del lunes 16 de octubre, el contralor, Jorge Bermúdez, expuso ante la comisión investigadora de la Cámara que revisa los millonarios traspaso de fondos desde la Seremi de Vivienda de Antofagasta a organismos sin fines de lucro. En la instancia, el abogado cuestionó la decisión del jefe de asesores de La Moneda, Miguel Crispi (RD), de ausentarse en dos oportunidades de asistir al Congreso. Hoy, este anuncio, se concretó.
Durante esta jornada, la División Jurídica de Contraloría, “por orden del contralor general”, remitió el oficio al gobierno, específicamente a la directora administrativa de la Presidencia de la República, Antonia Rozas.
“Pase a la Presidencia de la República, copia de la presentación formulada por el señor Juan Carlos Herrera Infante, abogado secretario de la Comisión Especial Investigadora encargada de fiscalizar los actos de Gobierno relacionados con la transferencia de fondos realizadas en el marco del Programa de Asentamientos Precarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo”, se lee en el escrito.
La presentación que se adjunta es la que realizó la comisión ante Contraloría el 12 de octubre, en que acordaron oficiar a la Contraloría “con el propósito de solicitarle tenga a bien iniciar el procedimiento sancionatorio a que se refiere el artículo 10 de la ley N°18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, respecto del señor Miguel Crispi Serrano, jefe de Asesores de la Presidencia, quien no compareció ante esta Comisión, pese a haber sido citado en dos oportunidades”.
Es para analizar el fondo de la presentación, y finalmente pronunciarse sobre la legalidad de la decisión de Crispi, es que Contraloría dio traslado a Presidencia para que respondiera, “a fin de que, en conformidad con lo dispuesto en el articulo 9° de la ley N° 10.336, se sirva informar a este Organismo de Control, en el plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la total tramitación del presente oficio, respecto a lo expuesto por el recurrente”
Dicho informe, se consigna en el oficio, “deberá ser preparado con intervención de la Asesoría Jurídica o abogado de esa entidad, a menos que el asunto planteado sea ajeno a la aplicación o interpretación de normas jurídicas o reglamentarias o que ese organismo no cuente con ese profesional. Además, deben remitirse todos los antecedentes necesarios para resolver adecuadamente la presentación de que se trata”.
Hasta ahora, la defensa del gobierno al jefe del Segundo Piso se basa en su condición de funcionario a honorarios y no a contrata. “Nosotros creemos que tenemos que distinguir si hay obligación de comparecencia o no, y si hay obligación de comparecencia, respecto de qué asuntos en el caso de asesor de una presidencia está obligado por ley a prestar testimonios, y en qué casos por razones de lo que se discute en la presidencia no está obligado a prestar declaraciones”, dijo el ministro de Justicia, Luis Cordero.
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