Este jueves, la Contraloría General de la República emanó un instructivo para resguardar la prescindencia en las elecciones presidenciales y parlamentarias de este 2025.

Esto en medio del debate sobre la posible vulneración de este principio por parte de personeros del gabinete del Presidente Gabriel Boric. Tanto la titular de Defensa, Adriana Delpiano, como el de Educación, Nicolás Cataldo, han declarado su preferencia sobre Carolina Tohá y Jeannette Jara, respectivamente.

El ministro del Mineduc fue defendido por la ministra vocera (s) de gobierno, Aisén Etcheverry. «La prescindencia no implica que cada uno de nosotros, en nuestro corazón y en nuestro fuero interno, podamos tener un candidato. Eso es lo más normal del mundo. (…) La prescindencia significa que no podemos aprovechar nuestros cargos y nuestro rol en el gobierno para favorecer una candidatura y otra y eso es lo que ha primado», sostuvo, y agregó que «una cosa distinta es hacer campaña por un candidato en específico y eso está fuera de los contenidos de lo que corresponde en prescindencia».

¿Qué dice Contraloría?

Entre las principales instrucciones del ente contralor, se destaca «la prohibición de realizar actividades políticas en horario laboral, el uso indebido de bienes y recursos públicos para fines electorales, y la obligación de garantizar la igualdad en la organización de actos públicos y ceremonias, evitando discriminaciones entre sectores políticos».

«Además, se recuerda que los funcionarios no pueden hacer proselitismo ni promover candidaturas desde plataformas institucionales, así como tampoco valerse de su cargo para influir en procesos electorales».

El instructivo también establece «medidas disciplinarias y sanciones para quienes incumplan estas normas, incluyendo la posibilidad de destitución y responsabilidades penales. Asimismo, se refuerza la prohibición de realizar aportes de campaña, usar bases de datos institucionales con fines políticos, y la necesidad de mantener la neutralidad en el uso de bienes, vehículos y recursos financieros del Estado».

Otro punto que se indica es que «a contar del 17 de octubre de 2025 (30 días antes de las elecciones), los servidores públicos no pueden ser trasladados (destinados) o designados en comisión de servicio fuera del lugar en que ejercen sus funciones. La limitación antes referida afecta tanto a la destinación dispuesta por iniciativa del servicio, como a la ordenada a solicitud del interesado. No obstante, el instructivo especifica algunas excepciones».

Por lo demás, «se incorporan en el texto detalles respecto de los gastos en publicidad y difusión, y también sobre la utilización del nombre o imagen de una autoridad o exautoridad. Se incluyen, igualmente, regulaciones a tener especialmente en cuenta, como el correcto cumplimiento de la jornada de trabajo y que viáticos, pasajes y horas extraordinarias deben corresponder a cometidos y labores estrictamente institucionales».

En esa misma línea, se destaca «la importancia de que las autoridades ejerzan un control jerárquico permanente y adopten medidas para difundir estas instrucciones, garantizando así la transparencia y la igualdad en el proceso electoral».

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