A partir de hoy jueves 15 de mayo comienza a regir la Ley 21.601, que obliga a los propietarios de vehículos a grabar la patente en piezas visibles del automóvil como medida para prevenir el robo de partes. Esta nueva exigencia forma parte de los requisitos para obtener tanto el permiso de circulación como la revisión técnica anual.

La normativa establece que el número de matrícula debe ser grabado en al menos seis vidrios del vehículo (parabrisas, luneta y vidrios laterales), además de los dos espejos retrovisores externos. En vehículos con más de seis vidrios —como buses o furgones— se exigirá el cumplimiento del mínimo establecido. En cambio, para motocicletas u otros vehículos con menor superficie vidriada, la patente deberá grabarse en todos los espejos disponibles.

El grabado debe ubicarse de manera específica: en el costado inferior derecho de los vidrios del lado del conductor y en el inferior izquierdo del lado del acompañante. Esto asegura que un observador externo pueda leer la patente de izquierda a derecha desde el exterior del vehículo.

¿Qué características debe tener el grabado?

  • Permanente: Debe implicar un desgaste real del vidrio o espejo, sin importar la técnica utilizada (arenado, tallado, grabado químico, etc.).

  • Legible y estandarizado: Las letras deben estar en mayúscula, con tipografía normal (sin cursiva ni negrita).

  • Dimensiones específicas:

    • En vidrios: entre 7 y 10 milímetros de altura.

    • En espejos laterales: entre 5 y 10 milímetros.

El incumplimiento de esta disposición será considerado una falta grave a la Ley de Tránsito, lo que puede implicar sanciones para el conductor. Esta medida busca fortalecer la trazabilidad de piezas automotrices y dificultar su comercialización en el mercado informal, reduciendo así el robo de vehículos y sus componentes.