La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió este miércoles la Norma N°537, una nueva regulación que cambia de manera significativa el cálculo del pago mínimo mensual en las tarjetas de crédito en Chile. La medida establece una fórmula clara y detalla los componentes que deberán incluirse en dicho pago, además de contemplar casos específicos en los que las entidades podrán eximir temporalmente a los clientes de cumplir con ese mínimo.

Según lo indicado por la CMF, el nuevo cálculo del pago mínimo se basa en dos elementos:

  • Monto No Financiable (MNF): incluye cargos como cuotas sin interés que vencen ese mes, intereses, comisiones, impuestos, seguros y otros costos asociados.

  • Monto Financiable (MF): se refiere principalmente al capital pendiente de pago. De este, se deberá abonar al menos un 5%.

Una de las modificaciones clave respecto a la versión que estuvo en consulta pública es que el capital asociado a cuotas con interés ha sido excluido del MNF, ajustando el criterio para evitar duplicidades en el pago de capital.

Implicancias prácticas: del beneficio al riesgo financiero

Si bien la nueva modalidad otorga mayor flexibilidad financiera para enfrentar situaciones económicas adversas, la CMF advirtió sobre los efectos de pagar únicamente el mínimo exigido. Por ejemplo, si una persona paga solo el 1% de su deuda cada mes, podría tardar hasta 15 años en saldarla, y terminar pagando un 160% adicional en intereses. En cambio, pagando al menos el 5% del capital pendiente, ese plazo se reduciría a 5 años, con un interés total cercano al 40%.

Uno de los puntos más controvertidos es la inclusión gradual de las cuotas sin interés dentro del MNF. Aunque en apariencia no generan costo, el 84% de las personas termina pagando intereses por compras pactadas como “sin interés”. Esto ocurre cuando no se cubre ese monto dentro del pago mínimo, lo que elimina de facto el beneficio inicial del crédito sin costo.

Excepciones y plazos

La normativa también contempla excepciones. Los emisores podrán eximir a sus clientes del pago mínimo bajo sus propias políticas, siempre que la deuda eximida se cancele completamente en un plazo máximo de 24 meses. Esta medida podrá aplicarse por hasta dos meses consecutivos.

Respecto a su entrada en vigencia, la nueva fórmula será obligatoria un año después de su publicación oficial. En tanto, la inclusión de las cuotas sin interés en el MNF será progresiva: un 25% cada seis meses, hasta alcanzar el 100% en dos años.

“La finalidad de esta norma es contribuir a la reducción y prevención del sobreendeudamiento a largo plazo”, explicaron desde la CMF, subrayando que el nuevo esquema busca mejorar la transparencia y responsabilidad en el uso del crédito.

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