En horas de esta mañana, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la solicitud de desafuero en contra del diputado y presidente de Convergencia Social (CS), Diego Ibáñez, presentada por el empresario y excandidato al Consejo Constitucional, Juan Sutil, a quien el parlamentario acusó de entregar dineros a legisladores de Chile Vamos.

“A propósito de Juan Sutil, que por lo demás ha pasado un par de millones de pesos a algunos parlamentarios de Chile Vamos y después en las comisiones votan a favor de las AFP o votan en contra de la democratización al derecho al agua. Son cuestiones que existen, que son históricas y que hoy también están operando en este proceso de elección de nueva Constitución”, acusó el diputado en conversación con 24 horas el pasado 27 de abril.

Esa fue la declaración que detonó el conflicto entre el presidente de Convergencia Social y el empresario. Sin embargo, en el mismo diálogo, el timonel de CS -el partido del Presidente Gabriel Boric- rectificó su versión, afirmando que estos dineros se habrían entregado como aporte de campaña a través del Servicio Electoral (Servel), cumpliendo con la ley. De todas formas, apuntó a Diego Schalper (RN), Juan Antonio Coloma (UDI) y Jorge Alessandri (UDI), como quienes habrían recibido estos dineros.

Pese a ello, tras las palabras de Ibáñez, que sugerían un supuesto vínculo financiero entre el empresario y diputados de Chile Vamos, el expresidente de la CPC presentó el 10 de mayo una querella por el delito de calumnias con publicidad en contra del diputado.

La acción judicial se interpuso ante el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, en vista de que -según se argumenta en la querella a la que tuvo acceso La Tercera- la acusación del timonel de CS “busca desacreditar don Juan Sutil, indisponerlo con la opinión pública, para afectar seriamente su reputación, entendida como la opinión que la sociedad tiene de una persona, que en doctrina se denomina honor objetivo”.

Sin embargo, la ofensiva legal de Sutil no tuvo éxito, pues para que el juzgado de garantía estuviese en condiciones de procesar a Ibáñez, primero la Corte de Apelaciones de Santiago debía decretar el desafuero del diputado frenteamplista, para que así fuera despojado de la protección legal que reviste el cargo de parlamentario.

De esta forma, en una audiencia para resolver el fondo de la solicitud, el tribunal de alzada capitalino rechazó la solicitud presentada por el presidente de la CPC, luego de escuchar a las defensas de cada una de las partes.

Según explicó la defensa de Sutil ante la corte, las declaraciones de Ibáñez son de “suma gravedad” y, por lo mismo, expuso que “no puede bajo ninguna circunstancia ser aceptado, puesto que don Juan Sutil nunca ha dado, realizado, facilitado u otorgado financiamiento político a los diputados Jorge Alessandri y Juan Antonio Coloma. Por tanto, esa afirmación constituye una mentira, una falsedad”.

/psg